Cambian las reglas: así impacta el fallo de la Corte en la herencia de pensiones
29/01/2026 - Hace 4 meses en MéxicoCambian las reglas: así impacta el fallo de la Corte en la herencia de pensiones
En una decisión que marca un antes y un después en el sistema de seguridad social mexicano, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el acceso a la pensión por fallecimiento del IMSS no puede limitarse estrictamente al parentesco tradicional (padres, abuelos o bisabuelos). La Corte invalidó las restricciones actuales, ordenando que se reconozca la dependencia económica y los lazos de cuidado como criterios válidos para heredar este derecho.
El fin del parentesco tradicional restrictivo
La SCJN invalidó el artículo del Reglamento de Jubilaciones y Pensiones del IMSS que excluía a familiares que, sin ser ascendientes directos, cumplieron roles fundamentales en la vida del asegurado. El fallo establece que la seguridad social debe adaptarse a las estructuras familiares diversas y proteger a quienes brindaron asistencia mutua y cuidados reales al trabajador fallecido.
El caso que cambió la ley
El detonante de este cambio fue el caso de una mujer que fungió como figura materna para su sobrino, criándolo desde la infancia. A pesar de que ella dependía económicamente de él al momento de su muerte, el IMSS le negó la pensión por no ser «familiar directo». La Corte determinó que esta negativa violaba el derecho humano a la seguridad social, priorizando la realidad afectiva y económica sobre el acta de nacimiento.
¿Quiénes pueden solicitar la pensión ahora?
Con este nuevo criterio, el IMSS deberá evaluar casos de:
Familiares colaterales: Tíos, hermanos o primos que comprueben dependencia económica.
Cuidadores: Personas que hayan ejercido un rol de asistencia y crianza comprobable.
Dependientes reales: Cualquier familiar que demuestre que el ingreso del fallecido era su principal sustento.
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