Reparto de utilidades: ¿para qué trabajadores NO aplica?
El reparto de utilidades (PTU) es un derecho constitucional en México que obliga a las empresas a compartir parte de sus ganancias con los trabajadores; sin embargo, la ley establece diversas excepciones que delimitan quiénes pueden acceder a este beneficio y en qué condiciones.
De acuerdo con información de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), quedan excluidos del reparto los trabajadores domésticos, los directores, administradores y gerentes generales, así como las personas que prestan servicios bajo el esquema de honorarios sin relación de subordinación laboral, como profesionistas, técnicos o artesanos independientes. En estos casos, la autoridad laboral explica que no existe una relación laboral directa o se trata de puestos de alta dirección dentro de las empresas.
También hay entidades que no están obligadas a pagar PTU. Entre ellas se encuentran las empresas de nueva creación durante su primer año de operación, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), organismos públicos con fines culturales o asistenciales, empresas con capital inferior al mínimo establecido por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), así como instituciones privadas sin fines de lucro.
Para quienes sí tienen derecho, la ley establece que deben haber laborado al menos 60 días durante el año fiscal. El monto se calcula con base en la utilidad neta de la empresa y el salario diario del trabajador. En casos de ingresos variables, se utiliza el promedio anual, y se excluyen conceptos como horas extra, bonos o gratificaciones.
El pago del reparto debe realizarse en dos plazos: a más tardar el 30 de mayo para personas morales y el 29 de junio para personas físicas con actividad empresarial.
El PTU está regulado por el artículo 123 constitucional y la Ley Federal del Trabajo, y se mantiene como uno de los derechos laborales más relevantes en el país. No obstante, cada año genera debate debido a las excepciones previstas en la ley y a las diferencias en la forma de cálculo entre empleadores y trabajadores.
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