SAT 2026: fecha límite para presentar la declaración anual y deducciones clave
05/01/2026 - Hace 5 meses en MéxicoSAT 2026: fecha límite para presentar la declaración anual y deducciones clave
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó que las personas físicas deben presentar su declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal 2025 a más tardar el 30 de abril de 2026, según lo establecido por la ley. Esta obligación permite a los contribuyentes mantenerse al día con sus compromisos fiscales y acceder a beneficios, como devoluciones automáticas de saldo a favor cuando los gastos deducibles están correctamente registrados.
El SAT precisó que quienes reciben ingresos únicamente por salarios de un solo patrón no están obligados a declarar, dado que el empleador realiza las retenciones y pagos durante el año. No obstante, estos contribuyentes pueden presentar la declaración de manera voluntaria si desean recuperar impuestos o aplicar deducciones por gastos personales, como servicios médicos, colegiaturas, seguros o créditos hipotecarios.
La autoridad fiscal destacó la importancia de revisar con anticipación la información precargada en el portal oficial, así como de verificar que las facturas electrónicas (CFDI) cumplan con los requisitos fiscales y estén pagadas mediante tarjeta de débito o crédito, transferencia o cheque nominativo, pues solo así serán consideradas deducibles.
Quienes sí deben declarar incluyen:
- Personas que prestan servicios profesionales y emiten recibos de honorarios.
- Contribuyentes con actividades empresariales.
- Propietarios que reciben rentas de bienes inmuebles.
- Aquellos que obtienen intereses o dividendos, o que compraron/vendieron inmuebles.
- Trabajadores con salarios de dos o más patrones.
- Personas con ingresos mayores a 400 mil pesos anuales.
- Beneficiarios de indemnizaciones, jubilaciones o ingresos por actividades agropecuarias, ganaderas, pesqueras o silvícolas.
En cuanto a deducciones personales, el SAT permite reducir el impuesto a pagar o solicitar saldo a favor mediante gastos como servicios médicos y hospitalarios, seguros de gastos médicos mayores, colegiaturas, transporte escolar, intereses de créditos hipotecarios, donativos, gastos funerarios y aportaciones voluntarias al retiro. El organismo reiteró que solo son deducibles los pagos realizados mediante medios electrónicos o cheques nominativos, no en efectivo.
Con estas medidas, la autoridad busca fomentar la cultura de cumplimiento fiscal, minimizar errores en las declaraciones y facilitar los procesos digitales para los contribuyentes. Para orientación adicional, el SAT recomienda consultar las redes sociales de la Condusef: Twitter @CondusefMX, Facebook /Condusefoficial, Instagram @condusefoficial y YouTube CondusefOficial.
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