Hasta 7 años de prisión para ciberdelincuentes; mujeres las más afectadas por este delito
19/01/2024 - Hace 10 meses en Durango EstadoHasta 7 años de prisión para ciberdelincuentes; mujeres las más afectadas por este delito
Con la finalidad de proteger a la población y sancionar hasta con siete años de prisión a los ciberdelincuentes que hagan uso de la inteligencia artificial para crear, difundir o comercializar contenidos falsos en audio; imágenes o videos de contenido sexual íntimo de una persona, el diputado Ricardo López Pescador propuso reformar el Código Penal del Estado.
Explicó, que el uso de las tecnologías alimentadas por la inteligencia artificial puede generar situaciones negativas para la sociedad. Esto es un fenómeno que puede agravarse y configurar una conducta delictiva; cuando sus fines son la desinformación, el fraude, la extorsión, la difamación, la manipulación y las amenazas que atentan contra la privacida.
El legislador, consideró que el desarrollo de la inteligencia artificial también está despertando inquietudes y temores; pero en algunos casos, su manejo irresponsable constituye una transgresión a los derechos tutelados por la legislación penal.
Mujeres las más afectadas
López Pescador, añadió que, en relación a las técnicas artificiales para crear contenido falso, tales como videos, fotografías o audios mejor conocido con “deepfakes”, son las mujeres las principales afectadas, ya que el estudio en 2019 por la compañía de ciberseguridad Deeptrace, encontró que 96 por ciento de esta clase de videos en línea eran de naturaleza íntima o sexual, donde las víctimas eran fundamentalmente mujeres.
En este sentido, dijo que a medida que la inteligencia artificial evoluciona y su popularidad se expande resulta más fácil identificar la falsedad de los contenidos visuales y audiovisuales creados; pero también, es importante adecuar la legislación con sanciones específicas para estos casos.
La propuesta presentada por el legislador para castigar a los ciberdelincuentes, indica adicionar un artículo 182 Quáter al Código Penal del Estado, para que quien haga uso de la inteligencia artificial para crear, exponer, distribuir, difundir, exhibir, reproducir, transmitir, comercializar, ofertar, intercambiar y/o compartir imágenes, audios o videos de contenido sexual íntimo de una persona, sin su consentimiento, a través de materiales impresos, correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o cualquier otro medio tecnológico sea sancionado con uno a siete años de prisión y una multa de 100 a 500 días.
Por: Brenda Maurer