DURANGO CONFIDENCIAL… Inicia el año con reformas en materia de seguridad
09/01/2025 - Hace 10 horas en Durango EstadoDURANGO CONFIDENCIAL… Inicia el año con reformas en materia de seguridad
Por: Edgar Burciaga
El Diario Oficial de la Federación publicó el decreto por el que se reforma el párrafo segundo del artículo 19 de la Constitución Política en materia de prisión preventiva oficiosa, de acuerdo al decreto firmado por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo.
Según lo publicado en su edición vespertina del martes 31 de diciembre de 2024, el decreto que modifica el párrafo segundo del artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relacionado con la prisión preventiva oficiosa, entró en vigor el pasado miércoles 1 de enero de 2025. Este cambio, aprobado previamente por el Congreso, introduce ajustes significativos en el catálogo de delitos que ameritan esta medida cautelar.
La Cámara de Diputados dio luz verde a esta reforma el pasado 13 de noviembre, logrando una mayoría calificada tanto en lo general como en lo particular, y el decreto entró en vigor el primer día del año, con reservas que incluyeron la exclusión de ciertos delitos del catálogo de aquellos que ameritan prisión preventiva oficiosa, así como la inclusión de nuevos supuestos relacionados con actividades ilícitas específicas.
Entre los cambios más destacados se encuentra la eliminación del narcomenudeo y la defraudación fiscal del listado de delitos graves que obligan a la aplicación de prisión preventiva oficiosa. Estas modificaciones ajustaron el enfoque de esta medida cautelar, limitándola a casos de mayor impacto en la seguridad y el orden público.
Según lo publicado por el DOF, esta decisión responde a la necesidad de equilibrar la aplicación de la prisión preventiva con el respeto a los derechos humanos y el principio de presunción de inocencia.
Por otro lado, la reforma también amplía el alcance de la prisión preventiva oficiosa en relación con delitos vinculados al manejo ilegal de sustancias químicas y drogas sintéticas.
En este sentido, se establece que los jueces deberán ordenar esta medida en casos que involucren la introducción, desvío, producción, preparación, enajenación, adquisición, importación, exportación, transportación, almacenamiento y distribución de precursores químicos, sustancias químicas esenciales, fentanilo y sus derivados. Este ajuste refleja la creciente preocupación por el impacto del tráfico de drogas sintéticas en la seguridad nacional y la salud pública.
Con la entrada en vigor de esta reforma en 2025, se espera que el sistema judicial mexicano adopte un enfoque más equilibrado en la aplicación de la prisión preventiva. Este cambio responde a críticas previas sobre el uso excesivo de esta medida cautelar, que en algunos casos ha sido señalada como una forma de castigo anticipado.
Al limitar su aplicación a delitos específicos y de alto impacto, la reforma busca fortalecer el respeto a los derechos humanos y la eficiencia del sistema de justicia penal.
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