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Universo Transparencia… Con la desaparición del INAI, ¿quién protegerá los datos personales?

19/08/2024 - Hace 3 meses en Durango Estado

Universo Transparencia… Con la desaparición del INAI, ¿quién protegerá los datos personales?

Zona de Debate | 19/08/2024 - Hace 3 meses
Universo Transparencia… Con la desaparición del INAI, ¿quién protegerá los datos personales?

 

Por: María de Lourdes López Salas

 

A nivel global, la protección de datos personales se ha vuelto una necesidad apremiante debido al creciente valor económico de la información de los servicios que ofrecen las grandes empresas de correo, almacenamiento, aplicaciones, entretenimiento y comunicaciones: INAI

 

Dentro de las reformas a la Constitución propuestas por el presidente en febrero pasado, que contempla la desaparición de los órganos constitucionales autónomos, como ya lo hemos mencionado en este mismo espacio, aparece el que garantiza el derecho a la información y la protección de datos personales, INAI.

Los argumentos que presenta el dictamen de modificación a la Constitución en lo relativo a la desaparición del INAI de manera específica dice lo siguiente: “…Pese a la promesa de que el INAI garantizaría mayor transparencia en el gasto público y abriría al escrutinio ciudadano los actos de gobierno, en la práctica ha sido una institución onerosa, con una estructura burocrática obesa, que no ha garantizado el acceso a la información y ha solapado la corrupción e incluso la ha cubierto cuando involucra a sus comisionados…”

Hasta aquí la cita del argumento presidencial para desaparecer al INAI, bajo este esquema de origen existe una deficiencia en el planteamiento de modificación a la Constitución en cuanto a la extinción del órgano garante de la transparencia, ya que no aparece ninguna mención a la protección de datos personales en sus argumentos.

Bajo esa lógica, no hay y no hubo interés presidencial de por lo menos precisar el tema de la protección de datos personales que también es un derecho humano consagrado en la Constitución en el artículo 16.

No se mide con la misma intensidad el derecho a la información y la transparencia, con el de la protección de datos personales, por parte del gobierno de la Cuarta Transformación, quedando evidente que el asunto va más relacionado con un tema de carácter político que de funcionalidad.

Revisando el proyecto de decreto que ya emitió la comisión de puntos constitucionales de la cámara de diputados, existe un vació en torno a la protección de datos personales, ya que no se señala con claridad bajó quien o quienes quedará la responsabilidad de garantizar la protección de los datos personales.

En la propuesta de reforma constitucional del artículo 6° se señala lo siguiente en lo relativo a la protección de datos personales:

  1. La información que se refiere a la vida privada y los datos personales será protegida en los términos y con las excepciones que fijen las leyes. Para tal efecto, los sujetos obligados contarán con las facultades suficientes para su atención.

Por lo que hace a la información relacionada con los datos personales en posesión de particulares, la ley a la que se refiere el artículo 90 de esta Constitución determinará la competencia para conocer de los procedimientos relativos a su protección, verificación e imposición de sanciones.

No hay claridad sobre la garantía en la protección de los datos personales, por lo tanto, así como está redactada la propuesta la situación se complica porque no se sabe cómo quedará la legislación de la que se habla en dicha propuesta.

 

 

 

X: @lululopezsalas

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