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Universo Transparencia… Un “galimatías” la nueva Ley de Transparencia en México

24/02/2025 - Hace 3 horas en Durango Estado

Universo Transparencia… Un “galimatías” la nueva Ley de Transparencia en México

Zona de Debate | 24/02/2025 - Hace 3 horas
Universo Transparencia… Un “galimatías” la nueva Ley de Transparencia en México

Por: María de Lourdes López Salas

Finalmente, hace unos días, el gobierno de la República presentó ante el Senado de la República las iniciativas de Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.

En el espacio de esta entrega solamente se abordarán algunos aspectos de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Dentro de los rubros que mayormente causan preocupación, sin duda es la instancia que presuntamente será la responsable de garantizar el derecho a la información y la transparencia, que según la Ley sustituyen al INAI y a los órganos garantes locales, en el caso de Durango, el IDAIP.

El principal cuestionamiento de los especialistas, organizaciones de la sociedad civil, académicos y demás personas interesadas es el papel que jugarán las autoridades que se convierte en “juez y parte”.

Según la iniciativa entregada al Senado, las competencias y funciones del INAI pasan a la recién creada Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno en lo que respecta a la Administración Pública Federal.

La propuesta de Ley además incluye como órganos garantes al órgano de control y disciplina del Poder Judicial de la Federación, a los órganos de control de los órganos constitucionales autónomos y a las contralorías del Congreso de la Unión, en sus respectivos ámbitos de competencia.

Lo anterior significa que por cada uno de los poderes y de los órganos autónomos que aún existen habrá “organismos garantes”.

Ese modelo o estructura se replicará en el ámbito estatal con las contralorías o áreas homólogas del Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial y sus órganos constitucionales autónomos.

Aunado a lo anterior, debido a que los partidos políticos y los sindicatos siguen siendo sujetos obligados, las facultades se las trasladan al Instituto Nacional Electoral, y por lo que corresponde a los sindicatos, al Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral y al Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, en atención a sus apartados.

Otro aspecto fundamental para que cualquier persona ejerza el derecho a la información es el relativo a cuando el usuario no esté conforme con la respuesta y recurra al recurso de revisión pues en la fracción II del artículo 35 de la propuesta de Ley se señala a la letra: Conocer y resolver los recursos de revisión interpuestos por las personas particulares en contra de las resoluciones de los sujetos obligados en sus respectivos ámbitos de competencia.

Y ahí es donde se tendrán problemas ya que los sujetos obligados también resolverán los recursos de revisión, como ya se expuso el ejercicio del derecho a la información además de responder solicitudes de información también resolverán las inconformidades.

Vamos a ver el funcionamiento cuando se apruebe la nueva propuesta de Ley, que el Senado analizará, pero como están las cosas pasará sin problemas.

Para la próxima entrega seguiremos con el análisis, ya que hay otros temas a revisión.

 

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