Apoya infonavit a jubilados que tengan crédito vigente
Con el objetivo de apoyar a las personas que ya se pensionaron y que están pagando un Crédito Infonavit, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) flexibilizó los criterios de elegibilidad de Apoyo a Jubilados, programa que permite reducir el monto del pago mensual del financiamiento hasta en un 25% respecto al monto de la pensión, más seguros y comisiones.
Los ajustes realizados permitirán que más de 134 mil personas jubiladas o pensionadas puedan adherirse al programa y obtengan un alivio en sus finanzas, ya que usualmente el monto de la pensión es menor al salario que obtenían cuando todavía estaban trabajando y, por lo tanto, era complicado cumplir en tiempo y forma con el pago de su crédito.
Principales modificaciones:
Antes, el programa solo era aplicable a créditos denominados en Veces Salario Mínimo (VSM), originados antes del 29 de octubre de 1999. Ahora aplica a todos los créditos sin importar que esté en VSM o en pesos, ni la fecha de originación.
Con las modificaciones realizadas, incluso podrán aplicar al programa las personas que recientemente convirtieron su financiamiento de Veces Salario Mínimo a pesos, a través de Responsabilidad Compartida.
Requisitos:
• Ser persona jubilada o pensionada.
• No cotizar ante el IMSS.
• Haber pagado al menos 120 mensualidades completas durante la vida del crédito.
• Que el crédito no esté en proceso jurídico por falta de pago.
• Que el crédito no esté próximo a liquidarse.
¿Dónde y cómo solicitarlo?
Las personas jubiladas y pensionadas interesadas en solicitar Apoyo a Jubilados deben acudir al Centro de Servicio Infonavit (Cesi) o a la Delegación del Infonavit más cercana, presentar una identificación oficial vigente y entregar su dictamen o resolución de jubilación o pensión por vejez o cesantía en edad avanzada emitido por el IMSS, ISSSTE, Afore o aseguradora.
En caso de que el titular del crédito no pueda acudir a realizar el trámite, también podrá ser realizado por otra persona; siempre y cuando presente un Poder Notarial o una Carta Poder y una identificación oficial vigente.
Consideraciones:
• Las personas acreditadas deben cumplir con sus pagos de manera completa y en los tiempos establecidos para no perder el beneficio de Apoyo a Jubilados; de no ser así, su pago mensual será el mismo que tenían antes de la reestructura.
• Si la persona acreditada regresa a cotizar al IMSS por tener una relación laboral, se cancela de manera automática el apoyo.
• Si el crédito tiene intereses pendientes por pagar, se sumarán al capital de la deuda al aplicar Apoyo a Jubilados.
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Por: Fabiola Nevárez