Por: Manuel Díaz
Los gastos de ayuda para el funeral, son parte de las prestaciones que otorga el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), informó la jefa del departamento de Supervisión de Prestaciones Económicas, Laura Cecilia Rodríguez Franco.
El trámite se realiza de forma gratuita en los Servicios de Prestaciones Económicas de la Unidad de Medicina Familiar (UMF) a la que acude el derechohabiente.
Los requisitos son: Presentar identificación oficial, el número de seguridad social y una copia certificada del acta de defunción.
Además, llevar la factura original de la agencia funeraria en donde se llevó a cabo el servicio, el número de CLABE de la cuenta del solicitante y contar con 12 semanas cotizadas en los nueve meses anteriores al fallecimiento.
Cabe aclarar, que el dinero no se podrá cobrar después de un año de haber fallecido el familiar o derechohabiente y a partir de tres días, el IMSS deberá responder el trámite de la ayuda por gasto funerario.