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Involucrado en masacre, preliberado por estas razones

23/01/2021 - Hace 4 años en Durango

Involucrado en masacre, preliberado por estas razones

Nota Roja | 23/01/2021 - Hace 4 años
Involucrado en masacre, preliberado por estas razones

Involucrado en masacre, fue preliberado por mandamiento de la Ley Nacional de Ejecución Penal, informó el Poder Judicial del estado (PJED).

Del involucrado en la masacre de tres adultos mayores y un joven, le dimos a conocer que su liberación causó indignación entre familiares y población.

Y es que la saña con la que tres individuos asesinaron a los adultos mayores y al joven, fue en verdad impresionante y pocas veces vista en Durango.

Los hechos sucedieron la noche del 27 de julio de 2006, en el poblado Estación Coyotes, del municipio de Pueblo Nuevo.

El señor Filemón Villanueva Ávila, de 94 años, Florencia Ibarra Rodríguez, de 90, y Arcadio Villanueva Cortez, de 74, eran los adultos mayores sacrificados.

El más joven de los cuatro fue Ismael Villanueva Ibarra, de 20, quien al igual que Arcadio, eran sobrinos de don Filemón y doña Florencia.

Nelson Iván Solano Vaquera, David Andrade Quiñones e Iván Eduardo Ibarra Amaya, son los adictos que con la intención de robar se metieron a la casa.

Luego de asesinar a puñaladas a Ismael, hicieron lo mismo con Arcadio, al que incluso le pegaron un hachazo en la cabeza.

Aunque doña Florencia les imploraba que no le causaron daño a su esposo, lo degollaron, y después a ella de un tajo le cortaron la yugular.

Para borrar todo indicio, quemaron la casa y escaparon, pero al final de cuentas quedó claro que no fue un accidente, sino un bestial hecho provocado.

La indignación que mencionamos es  por el curso que tomó el caso de uno de los involucrados en la masacre, el de Iván Eduardo Ibarra Amaya. Lo liberaron.

Es por eso que preguntamos al Poder Judicial en qué se basó para dejarlo en libertad, a pesar del bestial cuádruple homicidio en el que se vio involucrado.

Respuesta del Poder Judicial del estado:

En primera instancia, Amaya Ibarra recibió sentencia de 35 años de prisión,  pero en la apelación, ésta se modificó.

La condena bajó a 26 años siete meses 15 días, y la preliberación se le otorgó al purgar 14 años.

Dice que de acuerdo a la Ley Nacional de Ejecución de Penas, el artículo 137 faculta al Juez para otorgar la libertad condicional.

Siempre y cuando cumpla con algunos requisitos y el primero de éstos es:

I.- Que no se le haya dictado diversa sentencia condenatoria firme.

II.- Que no exista un riesgo objetivo y razonable en su externamiento para la víctima u ofendido, los testigos que depusieron en su contra y para la sociedad.

III.- Haber tenido buena conducta durante su internamiento.

IV.- Haber cumplido satisfactoriamente con el plan de Actividades al día de la solicitud.

V.- Haber cubierto la reparación del daño y la multa, en las modalidades y con las excepciones establecidas en esta Ley.

VI.- No estar sujeto a otro proceso penal del fuero común o federal por delito que amerite prisión preventiva; y

VII. Que se haya cumplido con la mitad de la pena tratándose de delitos dolosos.

La persona que obtenga la libertad condicionada, deberá comprometerse a no molestar a la víctima u ofendido y a los testigos que depusieron en su contra.

El PJED sostiene que como Iván Eduardo Ibarra Amaya cumplió con todo lo establecido, es que se le concedió la libertad condicional.

Señala también que  la autoridad penitenciaria se encargará de monitorear electrónicamente al que recibió el beneficio.

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Pilar Aguilar

Desde los 16 años en los talleres de medios, 45 años de experiencia. Reportero de policiaca, redactor y narrador de la nota roja en los noticieros de Notigram TV... Conductor el programa Diario 911... más lo que falta.

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