Ciencia y Tecnología

Google, Meta y TikTok ganan el pulso a Austria por el control de los contenidos ilícitos en internet

09/11/2023 - Hace 1 año en Internacional

Google, Meta y TikTok ganan el pulso a Austria por el control de los contenidos ilícitos en internet

Ciencia y Tecnología | 09/11/2023 - Hace 1 año
Google, Meta y TikTok ganan el pulso a Austria por el control de los contenidos ilícitos en internet

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado una sentencia favorable a Google, Meta Platforms y TikTok, las tres compañías tecnológicas con sede en Irlanda, que se oponían a la ley austríaca que les exigía establecer mecanismos de control y verificación de los contenidos de internet potencialmente ilícitos.

Según el TJUE, la ley austríaca, que entró en vigor en 2021, es contraria al derecho de la Unión Europea, que garantiza la libre circulación de los servicios de la sociedad de la información mediante el principio del control en el Estado miembro de origen del servicio del que se trate.

La ley austríaca también establecía la obligación de publicar periódica y transparentemente las denuncias de contenidos ilícitos y permitía imponer multas de hasta 10 millones de euros a quien incumpliera la normativa.

El TJUE se basa en la directiva de la UE que garantiza la libre circulación de los servicios de la sociedad de la información

Google, Meta Platforms y TikTok alegaron que la ley austríaca se oponía a la directiva de la UE relativa a los servicios de la sociedad de la información, que tiene como objetivo crear un marco jurídico para garantizar la libre circulación de los servicios de la sociedad de la información entre los Estados miembros.

“La directiva suprime los obstáculos jurídicos que constituyen los distintos regímenes nacionales aplicables a estos servicios gracias al principio del control en el Estado miembro de origen”, señaló el TJUE en su sentencia.

No obstante, el TJUE matizó que en algunos casos específicos los Estados miembros distintos del Estado miembro de origen del servicio en cuestión pueden adoptar medidas para “garantizar el orden público, la protección de la salud pública, la seguridad pública o la protección de los consumidores”.

Estas excepciones deberán ser notificadas a la Comisión Europea y al Estado miembro de origen, agregó el TJUE en su sentencia.

El TJUE considera que las medidas generales y abstractas de los Estados miembros distintos del de origen son contrarias al principio de reconocimiento mutuo

Sin embargo, el TJUE aclaró que los Estados miembros distintos del Estado miembro de origen del servicio en cuestión no pueden adoptar medidas de carácter general y abstracto aplicables indistintamente a cualquier prestador de una categoría de servicios de la sociedad de la información.

Estas medidas “generales y abstractas” pondrían en entredicho el principio del control en el Estado miembro de origen del servicio de que se trate, principio en el que se basa la directiva europea.

“Si el Estado de destino (en este caso Austria) estuviera autorizado a adoptar dichas medidas, se estaría usurpando la competencia reglamentaria del Estado miembro de origen (en este caso Irlanda)”, explicó el TJUE en su documento.

Por ello, el TJUE consideró que esta situación “socavaría la confianza mutua” entre los Estados miembros, “violaría” el principio de reconocimiento mutuo y las plataformas afectadas estarían sometidas a legislaciones diferentes, lo que también vulneraría la libre prestación de servicios y, por tanto, el buen funcionamiento del mercado interior.

El TJUE respalda a Google, Meta Platforms y TikTok, que podrán seguir operando en la UE sin cumplir con la ley austríaca

La sentencia del TJUE supone un respaldo para Google, Meta Platforms y TikTok, que podrán seguir operando en la UE sin tener que cumplir con las exigencias de la ley austríaca, que consideraban desproporcionadas y discriminatorias.

Te puede interesar: El planeta vive el año más caliente de la historia, según un estudio de Climate Central

Síguenos en: Google News Notigram

Últimas Noticias icon arrow right

Deja tu comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *


Notigram