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El Tribunal Supremo de Reino Unido define ‘mujer’ como sexo biológico

16/04/2025 - Hace 2 días en Internacional

El Tribunal Supremo de Reino Unido define ‘mujer’ como sexo biológico

En el mundo | 16/04/2025 - Hace 2 días
El Tribunal Supremo de Reino Unido define ‘mujer’ como sexo biológico

El Tribunal Supremo del Reino Unido ha dictaminado que, según la Ley de Igualdad de 2010, el término «mujer» se refiere a una persona de sexo biológico femenino.

Esta decisión, fue tomada unánimemente por cinco magistrados y subraya que el concepto de sexo es binario, categorizando a las personas como hombre o mujer basándose en características biológicas, a pesar de que la palabra «biológico» no aparece en la definición legal.

La sentencia también aclara que una mujer trans con un Certificado de Reconocimiento de Género no puede utilizar esta categoría para la protección bajo la ley del 2010.

Contexto del fallo

El origen de este fallo se encuentra en una legislación aprobada en 2018 por el Parlamento escocés, que requería una representación femenina del 50% en consejos de administración de organismos públicos, incluyendo a mujeres trans. For Women Scotland impugnó esta interpretación más amplia del término «mujer», llevando el caso al tribunal supremo, que ahora ha fallado a su favor.

Implicaciones y reacciones

A pesar de que el fallo restringe el uso del término «mujer» al sexo biológico, el tribunal ha enfatizado que no elimina la protección contra la discriminación por cambio de género para las personas trans. La organización Scottish Trans ha pedido calma mientras se analiza la sentencia para determinar sus implicaciones completas.

Respuesta de For Women Scotland

El grupo For Women Scotland ha expresado su satisfacción con el veredicto, argumentando que se trata de un reconocimiento de la realidad física sobre los documentos administrativos, un punto central en su lucha durante el proceso legal.

La Ley de Igualdad de 2010 protege varias características, incluyendo la edad, discapacidad, reasignación de género, matrimonio, embarazo, raza, religión y sexo, siendo esta última la aclarada por el fallo reciente.

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