Padres mayores de 65 años ya pueden donar su vivienda gratis
10/03/2026 - Hace 3 meses en InternacionalPadres mayores de 65 años ya pueden donar su vivienda gratis
Una reciente resolución de la Dirección General de Tributos (DGT) en España ha marcado un hito en la planificación patrimonial familiar. A través de la Consulta Vinculante V1261-25, Hacienda confirma que los padres mayores de 65 años podrán transmitir su vivienda habitual a sus hijos mediante donación sin tener que pagar impuestos por la ganancia patrimonial en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
Esta medida representa un alivio económico significativo para miles de familias que buscan asegurar el patrimonio de las próximas generaciones.
Requisitos clave para acceder a la exención
Para que esta medida sea efectiva y el contribuyente quede exento de tributar, la normativa establece condiciones estrictas que deben cumplirse sin excepción:
- Edad del donante: El padre o madre que realiza la entrega del inmueble debe tener 65 años o más en el momento de la operación.
- Vivienda habitual: El beneficio aplica exclusivamente a la residencia donde habitan los padres. Quedan fuera de esta medida las segundas residencias, casas de veraneo o propiedades que se encuentren rentadas a terceros.
- Tiempo de residencia: Se debe demostrar que los donantes han habitado dicha propiedad de manera ininterrumpida por un periodo mínimo de tres años.
Una solución a las dudas fiscales más comunes
Históricamente, la donación de un inmueble en vida generaba una carga fiscal elevada debido a la diferencia entre el valor de compra original y el valor actual de mercado (ganancia patrimonial).
Con esta nueva disposición, ese gravamen desaparece totalmente para los mayores de 65 años. Esta «buena noticia» de Hacienda permite adelantar la herencia de forma estratégica, facilitando que los hijos reciban la propiedad sin la asfixia económica que suponía este tributo federal.
Consideraciones antes del trámite
Es fundamental contar con la documentación necesaria para acreditar que la vivienda es, efectivamente, la residencia habitual. Aunque el IRPF quede exento bajo estas condiciones, los expertos recomiendan revisar los impuestos locales, como la Plusvalía Municipal, cuya gestión depende de cada ayuntamiento y podría variar según la región. Esta resolución de la DGT simplifica el proceso sucesorio y protege el ahorro familiar invertido en el hogar.
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