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Descuentos al salario por llegar tarde a trabajar son ilegales: SCJN

04/11/2019 - Hace 5 años en Internacional

Descuentos al salario por llegar tarde a trabajar son ilegales: SCJN

Nacional | 04/11/2019 - Hace 5 años
Descuentos al salario por llegar tarde a trabajar son ilegales: SCJN

Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció que los descuentos salariales a empleados por no cumplir con su horario laboral están prohibidos y por lo tanto son ilegales, informó el abogado, Enrique Rueda Santillán.

Detalló que si el trabajador llega tarde a su empleo, el patrón puede no permitirle laborar, pero no puede hacerlo trabajar y descontarle, esto con base en el artículo 110 de la Ley Federal del Trabajo, así como el criterio judicial con Registro: 274067 de la Cuarta Sala en Materia Laboral.

En la página web “Trabajador Conoce tus Derechos y Obligaciones”, en la página 20 con el subtítulo “Descuentos y Retardos”, explica que en caso de una falta injustificada no se generará el derecho de recibir el pago del día correspondiente, pero sobre los retardos, los descuentos se efectuarán de la siguiente manera:

  • Se concede a los servidores públicos 15 minutos de tolerancia a partir de la hora de entrada fijada
  • Retardo: del minuto 16 al 40 y el descuento será de medio día por cada cuatro
    Retardo menor: del minuto 41 al 60 y se aplicará un descuento de medio día por cada dos retardos
  • Por más de dos retardos de 16 a 40 minutos y un retardo menor de 41 a 60 minutos, se aplicará un descuento de medio día
  • Retardo mayor: del minuto 61 al 90, se aplicará un descuento de medio día de salario por cada retardo mayor en el mes
  • Del minuto 91 en adelante, se procede a descontar el día completo
  • Si el trabajador no registra hora de entrada o salida fijada, se realizará descuento de medio día de salario

Los titulares podrán justificar hasta cuatro retardos u omisiones de registro de hora de entrada o salida mensualmente, y en caso de que necesiten justificar un mayor número de incidencias, es necesario realizar una solicitud con la justificación correspondiente a la Dirección de Recursos Humanos, Administración Regional o Delegación Administrativa para su análisis y/o autorización respectiva.

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