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¿Qué puedo hacer si hay despido laboral durante la pandemia?

07/09/2020 - Hace 4 años en Internacional

¿Qué puedo hacer si hay despido laboral durante la pandemia?

Nacional | 07/09/2020 - Hace 4 años
¿Qué puedo hacer si hay despido laboral durante la pandemia?

Ciudad de México.- Desde el 29 de marzo, cuando se decretó la emergencia sanitaria en México a consecuencia del COVID-19, las autoridades aclararon que esta crisis no justificaría que los patrones despidieran a sus empleados ni que los mandaran a su casa sin goce de sueldo.

Sin embargo, desde mediados del mismo mes, decenas de trabajadores que ya pasaban por una situación de incumplimiento por parte de sus empleadores se encontraron con que ya estaban cerradas las oficinas de las dos instancias federales que atienden de forma gratuita y personalizada este tipo de conflictos, que son la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STyPS) y la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).

La primera brinda apoyo legal gratuito, tanto a los trabajadores como a sus beneficiarios y a los sindicatos, y la segunda, que cuenta con capacidades más amplias de acción, ofrece orientación y asesoría legal, además de conciliación y representación jurídica.

Para proceder legalmente deben esperar… Pero contarán con dos meses

Lo que los trabajadores no podrán hacer durante la contingencia, será iniciar un proceso legal, ya que la autoridad competente no está laborando de forma presencial.

Blanca Delia Gómez, del servicio de orientación telefónica de Profedet, acepta que en este momento la dependencia tiene facultades limitadas, pero aclaró:

“No es que no se les vaya a apoyar a los trabajadores, sino que los plazos se han tenido que suspender. De ninguna manera esto significa que se les agoten sus derechos a los trabajadores, aunque muchos patrones los estén despidiendo o mandando a su casa sin goce de salario”.

Agregó que muy posiblemente estos empleadores se harán acreedores a multas por tomar acciones unilaterales sin autorización de la autoridad laboral.

Cuando el patrón despide a un trabajador está obligado a darle aviso por escrito en el que refiera la conducta o conductas que motivan la rescisión y la fecha o fechas en que se cometieron.

De acuerdo con el artículo 518 de la Ley Federal del Trabajo, las acciones de los empleados que sean separados de su trabajo prescriben en dos meses, a partir del día siguiente a la fecha del despido, pero aclara que considerando la situación actual, dicho plazo comenzará a transcurrir a partir de que se levante la emergencia sanitaria.

Hasta 2017, el 72 por ciento de las conciliaciones y el 65 por ciento de los juicios fueron favorables al trabajador, contemplando una recuperación económica a su favor.

¿A quién más acudir?

Son varios los esfuerzos de especialistas que a manera personal o colectiva se están organizando para ofrecer información y asesoría legal a los trabajadores que pudieran requerirlo, y en varios casos de manera gratuita. Aquí dos ejemplos:

Guía Jurídica por Afectaciones Derivadas del COVID-19

Es una plataforma que brinda orientación jurídica y que aclara dudas de índole legal que pudiera enfrentar la ciudadanía en general, así como las Organizaciones de la Sociedad Civil, derivado de la emergencia sanitaria.

Se trata de un esfuerzo de la comunidad jurídica mexicana, en colaboración con los Estándares Pro Bono México, la Fundación Appleseed México, A.C., el Centro Mexicano Pro Bono, A.C., el Consejo General de la Abogacía Mexicana, el Ilustre y Nacional Colegio de Abogados de México, la Asociación Nacional de Abogados de Empresas, el Colegio de Abogados A.C. y el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.

Juntos

Es un grupo de profesionistas voluntarios que se reunió desde hace unas semanas para brindar asesoría psicoterapéutica y legal, vía remota y de manera gratuita durante la contingencia del COVID-19.

Este proyecto está apoyando a personas que están sufriendo algún tipo de violencia dentro de su trabajo o que están siendo despedidos o en una situación de amenaza. Además de brindar apoyo a los trabajadores que lo requieren, también se han acercado a ellos personas de los sectores médico y artístico, que son dos de los que más han resentido esta crisis.

Se les puede contactar vía telefónica al 55 4092 9769 (desde cualquier parte del país) o a través de la página de Facebook: Juntostodossomosuno.

La abogada Daniela Medina, quien forma parte de este esfuerzo, confirmó que aunque en este momento no se puede emprender una acción legal contra un empleador, derivado de la contingencia, sí se pueden adelantar las gestiones, recolección de elementos y pruebas, así como la redacción de las demandas, individuales o colectivas, que se presentarían en cuanto termine la contingencia.

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