Elecciones 2024

Frente Amplio no violó la ley electoral por uso de plataforma para firmas, determina TEPJF

04/01/2024 - Hace 4 meses en México

Frente Amplio no violó la ley electoral por uso de plataforma para firmas, determina TEPJF

Elecciones 2024 | 04/01/2024 - Hace 4 meses
Frente Amplio no violó la ley electoral por uso de plataforma para firmas, determina TEPJF

En un veredicto que marca un hito en la controversia política, la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que los partidos que conforman el Frente Amplio por México (PAN, PRI y PRD) no infringieron la ley electoral en relación con el uso de la plataforma digital utilizada para recabar firmas durante el proceso interno para seleccionar a su candidato presidencial.

La denuncia de Morena y la resolución del TEPJF

La denuncia inicial, presentada por Morena, alegaba que la utilización de la plataforma constituía una solicitud manifiesta de apoyo para sus candidaturas y buscaba un posicionamiento anticipado ante el electorado. Además, se argumentaba que esto se hacía a partir de una base de datos relacionada con el padrón electoral y la lista nominal de electores, invadiendo facultades exclusivas del Instituto Nacional Electoral (INE). Sin embargo, la Sala Especializada resolvió que no existió vulneración a los principios de certeza, legalidad y equidad en la contienda electoral.

Autoorganización y autodeterminación de los partidos

La magistrada Mónica Lozano Ayala, encargada del caso, destacó que el Frente Amplio por México no solicitó la ayuda del INE para implementar la plataforma. En cambio, la creación y utilización de la misma se basó en los principios de autoorganización y autodeterminación de los partidos políticos integrantes. Esto significa que los partidos tuvieron la libertad de gestionar su proceso interno sin intervención directa del Instituto Nacional Electoral.

El análisis también reflejó que no hubo un trato diferenciado para personas de otras fuerzas políticas, ya que varios participantes declinaron en las distintas fases del proceso, dejando a Xóchitl Gálvez como la única representante del frente opositor. Esto refuerza la noción de que el proceso fue neutral y abierto a la participación de todos los interesados, sin discriminación.

Datos personales: competencia del INAI

En cuanto a la denuncia de Morena sobre la supuesta vulneración de datos personales recopilados por los partidos en la plataforma, la Sala Especializada aclaró que este asunto cae bajo la competencia del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos (INAI). La resolución exhorta a los partidos del Frente Amplio a cuidar de manera reforzada la información proporcionada a la ciudadanía a través de herramientas tecnológicas.

Exhorto a la cautela y supervisión del INE

Adicionalmente, se destacó que los partidos políticos pueden solicitar la ayuda del INE para vigilar y acompañar el uso del padrón electoral de sus afiliados, incluso dentro de los procesos de selección partidista. Esta recomendación refleja la importancia de mantener la integridad y la transparencia en los procesos internos de los partidos políticos, con la supervisión adecuada para garantizar la legitimidad de los resultados.

A medida que la participación digital continúa siendo un aspecto crucial en la política, este caso ofrece insights significativos sobre la delgada línea entre la innovación tecnológica y las regulaciones electorales.

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Ricardo Arellano

Creador de contenido político - Estudiante de Derecho en la Universidad Nacional Autónoma de México.

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