Elecciones 2024

Veda electoral: Fecha de inicio, qué no se puede hacer y posibles sanciones

21/05/2024 - Hace 6 meses en México

Veda electoral: Fecha de inicio, qué no se puede hacer y posibles sanciones

Elecciones 2024 | 21/05/2024 - Hace 6 meses
Veda electoral: Fecha de inicio, qué no se puede hacer y posibles sanciones

El próximo miércoles 29 de mayo concluyen las campañas electorales a nivel nacional, marcando el inicio de la veda electoral previa a las elecciones presidenciales de 2024. Tanto candidatos como servidores públicos deberán cumplir estrictas restricciones en cuanto a la difusión de propaganda y la realización de actos proselitistas.

La veda electoral, que comenzará el 30 de mayo y concluirá el 2 de junio, es un periodo de reflexión para los ciudadanos, en el cual no se permitirá la promoción activa de ninguna candidatura. Según el Instituto Nacional Electoral (INE), durante estos días está prohibido cualquier tipo de acto de campaña, así como la difusión de propaganda gubernamental y la realización de informes anuales de labores.

Además, se deberán retirar todas las formas de propaganda electoral de las calles, incluyendo carteles, bardas pintadas y espectaculares. Los partidos políticos tampoco podrán distribuir folletos a favor de su candidatura, ni hacer llamados explícitos al voto.

Otra de las restricciones de la veda electoral es la prohibición de difundir resultados de encuestas o sondeos de opinión sobre las preferencias electorales. Esta medida busca evitar el uso de información sesgada para influir en la decisión de los votantes, promoviendo una elección justa y equitativa.

Dichas prohibiciones aplican a candidatos y servidores públicos. Por esa razón, también el presidente Andrés Manuel López Obrador anunció que serán tres días cuando no realizará conferencias matutinas.

Es importante destacar que durante la veda electoral seguirán permitidas las publicaciones relacionadas con servicios educativos, de salud y protección civil, ya que no están relacionadas con la promoción partidista.

En caso de no cumplir con la veda electoral, las autoridades correspondiente podrán sancionar a los involucrados con multas y/o castigos de hasta 6 años de cárcel, de acuerdo con la Ley General en Materia de Delitos Electorales.

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