Negocios y finanzas

¿Cuándo pagan el aguinaldo? ¿Te lo pueden adelantar?

20/10/2021 - Hace 3 años en México

¿Cuándo pagan el aguinaldo? ¿Te lo pueden adelantar?

Negocios y finanzas | 20/10/2021 - Hace 3 años
¿Cuándo pagan el aguinaldo? ¿Te lo pueden adelantar?

Ciudad de México. – ¿Cuándo pagan el aguinaldo? Seguro ya están en espera de que llegue el dinero de tu aguinaldo de este año, pero, ¿te lo pueden adelantar?

¿Cuándo pagan el aguinaldo? Esta prestación se debe pagarse antes del 20 de diciembre de 2021 y, según el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, las empresas están obligadas a entregar mínimo 15 días de sueldo como concepto de aguinaldo a cada trabajador.

El aguinaldo es una prestación al que los trabajadores tienen derecho a recibir por Ley, ya que las empresas están obligadas a darlo.

“Es un derecho irrenunciable por lo que el empleador no puede argumentar dificultades económicas o falta de utilidades de la empresa para no pagarlo”, señaló.

También te recomendamos leer: Sufren accidente 4 corredores en la carretera panamericana

Toda aquella persona que tenga un empleo formal tiene derecho a recibirlo. Es un monto de dinero que puede ayudar a los trabajadores a solventar los gastos en fechas decembrinas, pero también es un recurso que lo puedes ahorrar y tener disponible como un fondo de emergencias.

Ante esta prestación, el empleador no puede argumentar dificultades económicas o falta de utilidades de la empresa para no pagarla.

Es un derecho de todo aquel que tenga un empleo formal y que, si bien si puede adelantarse, llegando a un acuerdo con la parte patronal.

Además, los trabajadores burócratas del Gobierno federal recibirán por adelantado el aguinaldo con el fin de que aprovechen las promociones por el Buen Fin 2021, que en esta ocasión será  del 10 al 16 de noviembre.

En caso de incumplimiento, se contemplan sanciones de 50 a 500 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

¿Quiénes tienen la oportunidad de recibir el aguinaldo para el Buen Fin 2021? Empleados de nómina, independientemente si son de planta, de confianza, eventual, comisionista, temporal o con salarios asimilados.

La única forma de no recibir este dinero es no estar contratado o si llega a pasar un lapso de un año sin exigirlo.

Te recomendamos leer:

A la baja delitos del fuero federal; al alza delitos electorales y tráfico de personas: SSPC

Síguenos en: Google News Notigram
Autor

Uriel Blanco

Periodista y editor

Últimas Noticias icon arrow right

Deja tu comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *


Notigram