El Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) hizo un llamado al Servicio de Administración Tributaria (SAT) para atender las problemáticas que surgieron tras los fallos en su sitio web al momento de intentar presentar la declaración anual.
La organización se comprometió a colaborar con las autoridades en lo que les compete para cumplir con las respectivas leyes y obligaciones, sin embargo, apuntaron que también están comprometidos a la hora de informar y señalar los impedimentos que existan contra los contribuyentes.
«Desde el momento en que conocimos estas problemáticas durante el presente ejercicio fiscal, hemos buscado la comunicación con las oportunidades durante canales institucionales, por medio de nuestros representantes ante las autoridades correspondientes, y de nuestras comisiones, en especial a la comisión que agrupa a nuestros síndicos para buscar una vía de solución».
Fechas para realizar la declaración anual 2024
El SAT estableció las fechas para que las personas realicen la declaración anual 2024, depende si eres física o moral podrás hacerlo, en este sentido quedan de la siguiente forma:
- Personas morales: 1 de enero al 1 de abril de 2024.
- Personas físicas: 1 de abril al 30 de abril de 2024.
En caso de tener dudas el SAT facilita algunos mecanismos para que personal capacitado te ayude a realizarla sin ningún contratiempo y evitar las multas, proponen la oficina virtual, tutoriales de YouTube, OrientaSAT y el número telefónico 55 6272 2728
Esto debes saber antes de pagar impuestos al SAT en mensualidades
El SAT recordó que los interesados en pagar sus adeudos, como parte de la declaración anual 2024, deben tener presente las siguientes consideraciones en caso de optar por esta medida:
- Las parcialidades se pagan a más tardar el último día del mes al que correspondan.
- Se deben utilizar las líneas de captura que genera el sistema al momento de presentar la declaración.
- Los formatos estarán disponibles para su reimpresión en el aplicativo, en la opción “Impresión de acuse”.
- Los pagos se realizan en las instituciones de crédito autorizadas.
- Existe la opción de pagos anticipados.
- En caso de no cubrir en tiempo y forma las parcialidades, se cobrarán recargos por falta de pago oportuno.
- La última parcialidad debe cubrirse a más tardar el 30 de septiembre de 2024, incluyendo, en su caso, los recargos señalados anteriormente.