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¿Cuánto te deben pagar si trabajas este 1 de mayo?

22/04/2026 - Hace 1 mes en México

¿Cuánto te deben pagar si trabajas este 1 de mayo?

Nacional | 22/04/2026 - Hace 1 mes
¿Cuánto te deben pagar si trabajas este 1 de mayo?

El próximo 1 de mayo se conmemora el Día del Trabajo, una de las fechas más significativas del calendario cívico en México. Más allá de su valor histórico, esta jornada está protegida por la legislación nacional como un día de descanso obligatorio. Por ello, es crucial que tanto empleados como empleadores tengan claridad sobre las compensaciones económicas que establece la ley para quienes deban mantener la operatividad de las empresas durante este feriado.

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), los trabajadores tienen el derecho inalienable de suspender sus actividades sin que esto afecte su salario regular. Sin embargo, si existe un acuerdo para laborar, la normativa impone responsabilidades económicas extraordinarias para recompensar el esfuerzo de la fuerza laboral.

El esquema del pago triple según la LFT

La compensación para quienes prestan servicios en días de descanso obligatorio no es opcional ni negociable a la baja. Según lo estipulado en los artículos 74 y 75 de la LFT, los trabajadores tienen derecho a percibir un pago independiente al salario que les corresponde por el descanso.

En términos prácticos, esto se traduce en un pago triple:

  1. Salario ordinario: El pago que el trabajador recibe normalmente por un día de labor.
  2. Salario doble adicional: Una compensación extra equivalente a dos veces el salario diario por el servicio prestado en día feriado.

Por ejemplo, bajo el tabulador del Salario Diario Mínimo General actual de 315.04 pesos, un empleado que trabaje el 1 de mayo deberá percibir un total de 945.12 pesos por esa jornada. Esta fórmula es proporcional y aplica para cualquier nivel salarial registrado en el contrato laboral.

¿Qué hacer si no se respeta el pago de ley?

El cumplimiento de esta normativa es una obligación estricta para todos los sectores productivos del país. Si un empleador se niega a realizar el pago correspondiente o existen dudas sobre el cálculo en el recibo de nómina, los trabajadores cuentan con el respaldo de instituciones gubernamentales.

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) ofrece asesoría gratuita, confidencial y personalizada. Los interesados pueden comunicarse a los teléfonos 55 5003 1000, utilizando las extensiones especializadas (44741, 44780, 44781, 44785, 44786 y 44699) para recibir orientación paso a paso y garantizar que sus derechos laborales sean respetados íntegramente.

 

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