La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) dijo que no pagar el aguinaldo ocasiona a patrones una multa de 50 a 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA), establecida por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).
¿Qué es la UMA?
Según el Inegi es la referencia económica en pesos para determinar cuantía del pago de obligaciones y supuestos previstos en leyes federales, de entidades federativas, así como en disposiciones jurídicas que emanen de todas las anteriores.
Actualmente, la UMA diaria es de 103.74 pesos, y recuerda que la multa por no pagar el aguinaldo es de 50 a 500 UMAs. Entonces:
103.74 x 50= 5 mil 187 pesos (multa mínima).
103.74 x 500= 51 mil 870 pesos (multa máxima).
¿De qué dependerá cuántas UMAs de multa recibe tu patrón por no pagar el aguinaldo?
Ese es tema del que se encargará la Profedet, según características de la relación patrón-empleado. Lo que a ti te compete, si no has recibido el beneficio hasta el 20 de diciembre, es denunciar.
¿Cómo contactar a la Profedet?
Envía un correo electrónico a [email protected] o llama por teléfono a los números 800 717 2942 y 800 911 7877. El aguinaldo es derecho irrenunciable y el patrón no puede argüir falta de dinero para no entregarlo.
¿Cuáles son los cinco criterios que establecen?
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) subraya que “el empleador en ningún caso puede argumentar dificultades económicas de la empresa o falta de utilidades para no pagar el aguinaldo o reducir su importe”.
Según la LFT, el monto de la sanción se fija con base en cinco criterios:
- El carácter intencional o no de la acción u omisión constitutiva de la infracción
- La gravedad de la infracción
- Los daños que se hubieren producido o puedan producirse
- La capacidad económica del infractor
- La reincidencia del infractor