Declaración Anual 2026: estos pensionados deben presentarla ante el SAT
16/02/2026 - Hace 4 meses en MéxicoDeclaración Anual 2026: estos pensionados deben presentarla ante el SAT
Con el inicio del periodo de Declaración Anual 2026 en puerta, muchos jubilados y pensionados se preguntan si están obligados a presentar su información fiscal ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Aunque no todos los pensionados deben declarar, existen casos específicos que sí requieren cumplir con esta obligación, principalmente cuando los ingresos superan ciertos límites establecidos por la ley.
Quiénes deben presentar la declaración
Los pensionados están obligados a presentar la declaración si:
- Sus ingresos anuales superan los 400 mil pesos, incluso si su única fuente de ingreso es la pensión.
- Reciben dos o más pensiones de distintas instituciones y el total supera la parte exenta de ISR, calculada según el artículo 93, fracción IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), que establece exención hasta 15 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) diaria.
- Obtienen ingresos adicionales por rentas, actividades empresariales, honorarios o ingresos del extranjero.
- Reciben un pago único de jubilación que exceda de 90 veces el salario mínimo general anual, generando ISR por el excedente.
En caso de declarar de forma independiente, el contribuyente también debe presentar su declaración, aun cuando la pensión sea menor al límite exento.
Quiénes no están obligados
No deben declarar los pensionados que:
- Solo perciban una pensión.
- No superen 400 mil pesos anuales.
- No tengan dos o más pagadores simultáneamente.
- Reciban intereses cuyo total no exceda 400 mil pesos, con intereses reales menores a 100 mil pesos.
Se recomienda revisar todos los ingresos del año y, en caso de duda, consultar a un contador o asesor fiscal para evitar problemas con el SAT.
Fechas clave
La declaración anual para 2026, correspondiente a los ingresos obtenidos en 2025, se deberá presentar del 1 al 30 de abril de 2026. Esto aplica a ingresos por salarios, pensiones, honorarios, arrendamientos o actividades empresariales. Presentarla fuera de este plazo puede derivar en multas y recargos.
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