DOF publica decreto sobre el transporte ferroviario; habrá siete rutas
20/11/2023 - Hace 3 años en MéxicoDOF publica decreto sobre el transporte ferroviario; habrá siete rutas
Este lunes el Diario Oficial de la Federación publicó un decreto mediante el cual se declara área prioritaria para el desarrollo nacional la prestación del servicio público de transporte ferroviario.
Por lo que se declara qué en las vías ferreas concesionadas, se dará preferencia a la prestación del servicio público ferroviario de pasajeros y se respetará el servicio público de transporte ferroviario de carga en términos de lo dispuesto en la concesión respectiva.
También Los concesionarios del servicio público de transporte ferroviario de carga serán los primeros en ser invitados para presentar los proyectos para la implementación del servicio ferroviario de pasajeros, dentro de sus vías generales de comunicación ferroviaria que les fueron otorgadas en concesión desde el año 1995.
“Que el ferrocarril en México fue crucial en el desarrollo de fines del siglo XIX y principios del XX, fomentó la integración del territorio nacional, redujo las distancias y facilitó el movimiento de personas y mercancías. Asimismo, su construcción permitió la explotación de recursos en zonas remotas, estimuló la agricultura y la minería, y favoreció el establecimiento de nuevas poblaciones y el crecimiento económico
¿Cuáles son las primeras siete rutas?
Las primeras siete rutas que se concesionarán serán:
1.- Tren México-Veracruz-Coatzacoalcos
2.- Tren Interurbano AIFA-Pachuca
3.- Tren México-Querétaro-León-Aguascalientes
4.- Tren Manzanillo-Colima-Guadalajara-Irapuato
5.- México-San Luis Potosí-Monterrey-Nuevo Laredo
6.- México-Querétaro-Guadalajara-Tepic-Mazatlán-Nogales
7.- Aguascalientes-Chihuahua-Ciudad Juárez
Como consecuencia de este decreto se estipula qué los interesados deberán presentar sus propuestas ante la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes a más tardar el 15 de enero de 2024.
¿Qué señala el decreto?
Se declara área prioritaria para el desarrollo nacional la prestación del servicio público de transporte ferroviario de pasajeros en el Sistema Ferroviario Mexicano, al tiempo que establece que en las vías generales de comunicación ferroviaria concesionadas, se dará preferencia a la prestación del servicio público ferroviario de pasajeros y se respetará el servicio público de transporte ferroviario de carga en términos de lo dispuesto en la concesión respectiva.




