La Consejería Jurídica de la Presidencia de la República y la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) han decidido dar un paso al frente en la defensa de los derechos reproductivos de las mujeres en Aguascalientes, impugnando ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) las leyes que limitan y castigan el aborto en la entidad.
En un hecho sin precedentes, la ministra presidenta de la SCJN, Norma Lucía Piña Hernández, ha turnado ambos casos al ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quien será el encargado de decidir si les da trámite o los desecha, marcando así un hito en la lucha por la legalización del aborto en Aguascalientes.
La titular de la CNDH, Rosario Piedra Ibarra, ha presentado la acción de inconstitucionalidad 173/2024 contra la reforma de los artículos 101, 103 y 196 del Código Penal de Aguascalientes, la cual redujo el periodo permitido para abortar voluntariamente en la entidad de 12 a seis semanas de gestación.
Aborto en Aguascalientes
El artículo 101 del Código Penal establece duras penas para quienes practiquen o consientan un aborto en Aguascalientes, con penas que van desde 3 a 6 meses de prisión, de 500 a 1000 días multa y la obligación de pagar la reparación de los daños ocasionados, lo cual ha sido objeto de críticas por parte de organizaciones pro derechos reproductivos.
Cabe destacar que la Corte ya había emitido una sentencia en agosto del 2023, instando al Congreso de Aguascalientes a eliminar las disposiciones que penalizan el aborto en el caso de que este se realice dentro de las primeras 12 semanas de gestación. Sin embargo, la lucha por la despenalización total del aborto en la entidad continúa.
Además, la CNDH también ha impugnado diversas porciones de la Ley para la Protección a la Vida en Aguascalientes, en un esfuerzo por garantizar el respeto a los derechos reproductivos de las mujeres en la entidad.
Acción de inconstitucionalidad
Por su parte, la consejera Jurídica del Ejecutivo Federal, Ernestina Godoy Ramos, ha presentado la acción de inconstitucionalidad 172/2024 contra varios artículos del Código Penal de Aguascalientes, en los cuales se castiga e inhabilita a los médicos que practiquen un aborto fuera del periodo establecido por la ley.
En el artículo 103 del Código se establece la necesidad de que dos médicos especialistas validen la realización de un aborto en casos de alteraciones genéticas en el feto, lo cual representa una carga adicional para las mujeres que buscan acceder a este procedimiento de forma segura y legal.
En medio de esta batalla legal, la sociedad civil y organizaciones defensoras de los derechos reproductivos han manifestado su apoyo a las acciones emprendidas por la Consejería Jurídica de la Presidencia y la CNDH, en un llamado urgente a garantizar el acceso de las mujeres a servicios de salud reproductiva seguros y legales en Aguascalientes.