El juzgado quinto de distrito en materia de amparo civil, administrativo y del trabajo, con sede en Querétaro, ha determinado que no se puede otorgar una suspensión definitiva en contra de la publicación del decreto de la reforma al Poder Judicial.
Esta resolución, que va en contra de lo establecido por la jueza Nancy Juárez, se basa en el argumento de que dicha publicación ya es un hecho consumado, al igual que el proceso de insaculación.
En el marco del juicio de amparo 1082/2024, se ha ordenado que no se emitan ni se ejecuten actos que busquen remover a las personas juzgadoras y demás integrantes del Poder Judicial de la Federación (PJF) de sus cargos ni reducir sus remuneraciones.
Asimismo, se ha instado a la Cámara de Diputados a prever los ingresos necesarios para mantener los salarios y prestaciones actuales de los trabajadores del PJF. Por otra parte, el juzgado ha ordenado al Senado de la República suspender el Proceso Electoral Extraordinario 2024-2025 para la elección de personas juzgadoras.
Piden a INE detener elección
Además, se ha mandatado al Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) abstenerse de llevar a cabo la elección de los magistrados que integrarán el Tribunal de Disciplina Judicial y el órgano de administración judicial.
En una resolución adicional emitida en el marco del amparo promovido por la diputada federal Laura Iraís Ballesteros Mancilla, se establece que no se extinguirán los fondos, fideicomisos o contratos existentes en el PJF, como se ordena en el artículo décimo transitorio del decreto de la reforma judicial.
De esta manera, este histórico fallo judicial marca un punto de inflexión en el proceso de implementación de la reforma judicial en México. A pesar de los retos y controversias que rodean esta medida, el juzgado ha dejado claro que no se puede otorgar una suspensión contra su publicación en el Diario Oficial de la Federación.