Pensión de viudez del IMSS: cuándo sí y cuándo no pueden quitártela
10/02/2026 - Hace 4 meses en MéxicoPensión de viudez del IMSS: cuándo sí y cuándo no pueden quitártela
A partir de una resolución histórica de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el marco normativo de la seguridad social en México ha experimentado un cambio trascendental que favorece a los beneficiarios de la pensión de viudez. Desde agosto de 2024, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tiene prohibido suspender esta prestación económica basándose en que el beneficiario contraiga nupcias nuevamente o inicie un concubinato, eliminando una práctica que por décadas limitó el derecho a la seguridad económica de miles de personas.
El máximo tribunal determinó que el artículo 155 de la Ley del Seguro Social era inconstitucional al vulnerar los principios de igualdad y no discriminación. Según el fallo, la pensión de viudez es un derecho generado por las aportaciones del trabajador fallecido y no debe estar condicionado al comportamiento social o estado civil futuro de la pareja supérstite. Esta sentencia obliga tanto al IMSS como al ISSSTE a respetar la continuidad del pago, independientemente de si la persona beneficiaria decide rehacer su vida personal.
Bajo el nuevo esquema legal, persiste únicamente una causa válida para la interrupción de este beneficio: que se demuestre que el beneficiario mantuvo múltiples relaciones de concubinato de manera simultánea mientras aún estaba legalmente casado con el asegurado fallecido. En cualquier otro escenario, la suspensión se considera ilegal y puede ser impugnada mediante un recurso de inconformidad o un juicio de amparo.
Expertos legales recomiendan a los pensionados que, ante cualquier notificación de suspensión, exijan el motivo por escrito para verificar si el instituto está aplicando criterios ya declarados inconstitucionales. El trámite de la pensión continúa requiriendo documentación básica como el acta de defunción, acta de matrimonio o constancia de concubinato, e identificación oficial, pero el derecho al goce del recurso ahora goza de una protección jurídica ampliada que trasciende el estado civil del beneficiario.
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