Quiénes no pagan impuestos en 2026 según el SAT
Cumplir con las obligaciones fiscales es un mandato constitucional en México, pero la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) contempla diversos escenarios donde los ingresos de los ciudadanos quedan libres de gravamen. Para este 2026, es fundamental conocer los límites y condiciones establecidos en el Artículo 94 para optimizar las finanzas personales y empresariales.
A continuación, se detallan las principales categorías de ingresos exentos administrados por el Servicio de Administración Tributaria (SAT):
Ámbito Laboral y Prestaciones
Salario Mínimo: Quienes perciben el salario mínimo están exentos del pago de ISR por sus prestaciones legales y tiempo extra.
Aguinaldo y Utilidades: El aguinaldo está libre hasta por 30 UMAS, mientras que la PTU y la prima vacacional están exentas hasta por 15 UMAS.
Liquidaciones: Pagos por despido o retiro no generan impuesto hasta por un monto de 90 veces el salario mínimo por cada año laborado.
Jubilados, Pensionados y Salud
Pensiones: Libres de impuesto a menos que el ingreso diario exceda 15 veces el salario mínimo.
Gastos Médicos: No se paga ISR por reembolsos de gastos hospitalarios, dentales o funerales, ni por subsidios por incapacidad o becas familiares.
Seguros de Vida: Los pagos por invalidez o fallecimiento son exentos. En planes de retiro, la exención aplica si se cobra después de los 60 años con al menos 5 años de contrato.
Bienes, Herencias y Donativos
Venta de Casa Habitación: Exenta si el valor no supera las 700,000 UDIs (aprox. 5.6 millones de pesos) y no se ha usado este beneficio en los últimos 3 años.
Herencias y Donativos: Todo legado es libre. Los donativos no pagan impuesto si son entre cónyuges o descendientes/ascendientes directos (padres e hijos).
Pensión Alimenticia: El dinero recibido por manutención no genera este impuesto.
Propiedad Intelectual y Premios
Derechos de Autor: Escritores y músicos están exentos por regalías hasta por 20 salarios mínimos anuales, siempre que la obra sea para venta al público general.
Reconocimientos: Premios científicos, artísticos o cívicos otorgados por el Gobierno o mediante concursos abiertos no gravan impuestos.
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