¿Quiénes recibirán al SAT en casa? Así será la fiscalización domiciliaria de 2026
04/12/2025 - Hace 6 meses en México¿Quiénes recibirán al SAT en casa? Así será la fiscalización domiciliaria de 2026
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) confirmó que en 2026 reactivará las visitas domiciliarias como parte de sus procesos de fiscalización, un mecanismo previsto en el Código Fiscal de la Federación para verificar el cumplimiento de obligaciones tributarias directamente en el domicilio fiscal de los contribuyentes.
La noticia generó inquietud entre la población, por lo que la autoridad aclaró que las visitas no serán masivas, sino selectivas y enfocadas únicamente en casos donde existan indicios de irregularidades fiscales, omisiones o inconsistencias que justifiquen una revisión.
¿Quiénes pueden ser visitados por el SAT en 2026?
El SAT precisó que cualquier persona física, moral o figura jurídica puede ser elegida para una visita domiciliaria. No se publicará ningún listado previo, por lo que el proceso será discrecional y basado en criterios internos de análisis de riesgo.
De acuerdo con el Código Fiscal de la Federación, los perfiles más susceptibles de ser seleccionados son:
- Personas físicas y morales que presentan declaraciones ante el SAT.
- Responsables solidarios, es decir, quienes comparten obligaciones fiscales con un contribuyente.
- Terceros relacionados, como individuos o empresas que resguardan información contable relevante.
- Partes contratantes y miembros de figuras jurídicas.
- Asesores fiscales e instituciones financieras vinculadas con operaciones del contribuyente.
- Contribuyentes con declaraciones pendientes o requerimientos sin responder, quienes suelen encabezar los casos de riesgo.
La autoridad subrayó que la selección se basa en comportamientos fiscales detectados previamente, como omisiones, discrepancias o actividad económica inusual.
¿Cómo es el procedimiento de una visita domiciliaria?
El personal del SAT debe iniciar el proceso presentando:
- Una orden de visita debidamente fundada y motivada.
- Identificación oficial.
- La Carta de Derechos del Contribuyente Auditado.
La orden debe especificar:
- La autoridad que la emite.
- Lugar y fecha.
- El propósito de la visita.
Una vez verificada la documentación, la revisión puede abarcar:
- Contabilidad y estados financieros.
- Cumplimiento en la emisión de comprobantes fiscales digitales (CFDI).
- Bienes o documentos relacionados con operaciones fiscales.
Toda visita debe realizarse en días y horas hábiles, y cada acción será registrada en actas circunstanciadas, que funcionan como evidencia formal del proceso.
Derechos de los contribuyentes durante la visita
La ley garantiza diversas protecciones:
- Verificar la identidad del personal del SAT en el portal oficial.
- Designar testigos para acompañar todo el proceso.
- Presentar pruebas para aclarar operaciones fiscales.
- Exigir que cualquier observación quede asentada por escrito, sin amenazas ni advertencias verbales.
- Recibir una acta final donde se documenten todas las acciones, hallazgos y aclaraciones.
Con estas medidas, el SAT busca reforzar la fiscalización sin vulnerar los derechos del contribuyente y asegurando transparencia en todo el procedimiento.
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