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Reparto de utilidades 2026: montos, fechas y quiénes deben pagar ISR

15/04/2026 - Hace 2 meses en México

Reparto de utilidades 2026: montos, fechas y quiénes deben pagar ISR

Nacional | 15/04/2026 - Hace 2 meses
Reparto de utilidades 2026: montos, fechas y quiénes deben pagar ISR

Cada año, miles de trabajadores en México esperan el pago de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU), una prestación que representa un ingreso adicional importante. Para 2026, este pago deberá realizarse entre mayo y junio, dependiendo del tipo de empleador. Sin embargo, una de las dudas más frecuentes es si este ingreso genera impuestos ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

La PTU es un derecho constitucional irrenunciable, respaldado por el artículo 123 de la Constitución y la Ley Federal del Trabajo. En caso de que no se reciba, los trabajadores pueden reclamarlo por la vía legal.

¿Se pagan impuestos por las utilidades?

De acuerdo con información de la Secretaría del Trabajo y Fomento al Empleo de la Ciudad de México, el pago de utilidades sí puede generar impuestos, pero únicamente cuando supera cierto monto.

Para este 2026, el límite exento equivale a 15 días de salario mínimo. Con base en el salario vigente:

  1. Zona general: $315.04 diarios, equivalente a $4,725.6 pesos
  2. Zona fronteriza: $440.87 diarios, equivalente a $6,613.05 pesos

Si el trabajador recibe una cantidad mayor a estos montos, solo el excedente estará sujeto al Impuesto Sobre la Renta (ISR).

¿Quiénes tienen derecho a recibir PTU?

La legislación establece que tienen derecho a este pago:

  1. Trabajadores de planta, permanentes y eventuales
  2. Empleados que hayan laborado al menos 60 días en 2025
  3. Personal de plataformas digitales con más de 288 horas anuales

Quedan excluidos:

  1. Directivos, administradores y gerentes generales
  2. Socios o accionistas
  3. Trabajadores del hogar
  4. Profesionales contratados por honorarios

Fechas clave del reparto en 2026

El calendario legal establece dos plazos distintos:

  1. Empresas (personas morales): hasta el 30 de mayo
  2. Patrones (personas físicas): hasta el 29 de junio

El incumplimiento puede derivar en sanciones económicas que van de $29,327.5 a $586,550 pesos, según lo previsto por la normativa laboral.

¿Cómo se calcula el monto?

El reparto no es uniforme ni tiene una cifra fija. Se determina mediante una fórmula dividida en dos partes:

  1. 50% se distribuye según los días trabajados por cada empleado
  2. 50% se reparte conforme al salario percibido

Para este cálculo, únicamente se considera el salario diario en efectivo, sin incluir prestaciones como bonos, horas extras o vales.

Este esquema busca equilibrar la distribución entre antigüedad y nivel de ingresos, aunque el resultado final varía según la empresa y sus utilidades generadas.

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