La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) este martes prohibió que los padres deudores alimentarios no puedan acceder a cargos públicos y de elección popular.
El dictamen se aprobó por mayoría, el mismo veta de cargos de elección popular y por designación a personas que “no han pagado en tiempo las obligaciones alimentarias a las que están sujetos”.
Se trata de una reforma de ley del estado de Yucatán.
Cabe mencionar que la Corte ya avaló en otras ocasiones este tipo de restricciones para cargos en la administración pública, sin embargo es la primera ocasión en que también reconoce la medida para puestos de elección popular.
No obstante, la propia comisión de derechos humanos impugnó esta medida, pues considera que viola los derechos de igualdad y no discriminación de acceso a un cargo público, de libertad de trabajo y a ser votado.
¿Cómo estuvo la distribución de los votos en la SCJN?
- Solo dos de los 11 ministros de la Suprema Corte votaron en contra de la resolución.
- Se trata de Javier Laynez y Juan Luis González Alcántara, quienes coincidieron con la Comisión de Derechos Humanos.
La aprobación de tal medida es un logro para el activismo por las mujeres, pues trae un castigo para aquellos padres que incumplan con sus obligaciones alimentarias.
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