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SCJN ordena al IMSS colocar implante coclear a niño que nació sordo

08/09/2023 - Hace 1 año en México

SCJN ordena al IMSS colocar implante coclear a niño que nació sordo

Nacional | 08/09/2023 - Hace 1 año
SCJN ordena al IMSS colocar implante coclear a niño que nació sordo

Un niño que nació con hipoacusia bilateral profunda, una condición que le impide escuchar, recibió un amparo de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) le brinde atención médica integral y le coloque un implante coclear o cualquier otro dispositivo que sea adecuado para su tratamiento.

El caso empezó en el año 2015, cuando el niño nació en una clínica del IMSS en Tijuana, Baja California, y los médicos le diagnosticaron la discapacidad auditiva.

Los médicos le informaron a los padres que el niño era candidato a recibir un implante coclear

Sin embargo, el IMSS les dijo que no contaba con ese servicio en ninguna de sus unidades médicas a nivel nacional, y les sugirió buscar apoyo en el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) o en alguna institución de beneficencia.

Los padres siguieron el consejo y acudieron al DIF, que en ese entonces había iniciado una campaña de implantes cocleares para niños menores de cinco años. No obstante, se encontraron con el obstáculo de que el programa era exclusivo para beneficiarios del Seguro Popular, ahora Instituto de Salud para el Bienestar (Insabi), y que no admitía a niños con derechohabiencia del IMSS.

En el IMSS les propusieron una solución: que el padre del niño se diera de baja por seis meses como trabajador, para poder transferir a su hijo al Insabi y acceder al implante coclear. Los padres aceptaron la opción, pero al llegar al Insabi les negaron el servicio, argumentando que el niño seguía siendo derechohabiente del IMSS y que debían esperar un año para poder cambiar de régimen.

Ante la negativa de ambas instituciones, los padres buscaron ayuda en la asociación civil Escuchar es lo Máximo AC, donde les aconsejaron promover un juicio de amparo contra el IMSS por violar el derecho a la salud del niño. Un juez federal admitió a  trámite el juicio en agosto de 2020, pero lo sobreseyó en julio de 2022.

Los padres no se dieron por vencidos y recurrieron a la SCJN

La Segunda Sala, integrada por los ministros Alberto Pérez Dayán, Luis María Aguilar Morales, Javier Laynez Potisek, Ana Margarita Ríos Farjat y Yasmín Esquivel Mossa, resolvió por unanimidad otorgar el amparo al niño y ordenar al IMSS que le brinde atención médica integral.

La Sala consideró que el hecho de que el Reglamento de Prestaciones Médicas del IMSS excluya del seguro de enfermedades y maternidad el otorgamiento de aparatos auditivos, impide que el instituto conceda estas prestaciones de manera directa o a través de convenios con otros hospitales, lo cual lesiona el derecho a la protección de la salud, reconocido en la Constitución Federal y los tratados internacionales de los que México forma parte.

Asimismo, la Sala instruyó al IMSS a tomar las medidas necesarias para garantizar la colocación de un implante coclear o de cualquier otro dispositivo que resulte apto para el tratamiento del niño, incluyendo la rehabilitación correspondiente. El ministro Pérez Dayán elaboró la resolución como ponente.

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