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SCJN redefine quién puede recibir la pensión del IMSS tras fallecimiento de un trabajador

18/12/2025 - Hace 6 meses en México

SCJN redefine quién puede recibir la pensión del IMSS tras fallecimiento de un trabajador

Nacional | 18/12/2025 - Hace 6 meses
SCJN redefine quién puede recibir la pensión del IMSS tras fallecimiento de un trabajador

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional una disposición del Reglamento del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) que restringía el derecho a recibir la pensión de un trabajador fallecido únicamente a familiares directos por ascendencia, como padres, abuelos o bisabuelos.

Con este fallo, la Corte amplió los beneficiarios potenciales de la pensión, incluyendo a personas que no tengan parentesco directo, pero que hayan mantenido una relación de cuidado y dependencia con el asegurado. Entre estos nuevos posibles beneficiarios se encuentran tíos, hermanos mayores, cuidadores informales u otras personas cercanas al trabajador.

“El Pleno reconoció que las relaciones familiares son diversas y que el acceso a la seguridad social no puede limitarse solo a ciertos familiares, según el parentesco tradicional”, indicó la SCJN en un comunicado.

Para poder recibir la pensión del IMSS bajo este nuevo criterio, los interesados deben demostrar:

  1. Dependencia económica respecto del asegurado fallecido.
  2. Convivencia prolongada y vínculo de cuidado, afecto y asistencia.

El cambio se originó tras el caso de una mujer, tía de un trabajador fallecido, que solicitó la pensión argumentando que crió al asegurado como si fuera su hijo. Inicialmente se le negó el pago por no ser ascendiente directo, pero con el fallo de la SCJN, su derecho fue reconocido y se espera que pronto reciba el beneficio.

La SCJN señaló que esta decisión aplica a nivel nacional, y que el IMSS ajustará sus criterios de evaluación para quienes soliciten pensiones por fallecimiento de un trabajador.

Para tramitar la pensión, los interesados pueden realizar el proceso a través de Mi Pensión Digital o de manera presencial en cualquier Unidad de Medicina Familiar (UMF), presentando:

  1. CURP.
  2. Número de Seguridad Social (NSS).
  3. Correo electrónico.
  4. CLABE interbancaria.

El horario de atención para la entrega de la prestación es de 8:00 a 15:00 horas, y se requiere firmar la resolución correspondiente.

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