Suprema Corte avala que Semar controle puertos del país
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló las reformas que otorgan el control de los puertos nacionales a la Secretaría de Marina (Semar). Con ocho votos a favor, el Pleno desestimó los argumentos de senadores de oposición, quienes impugnaron las modificaciones legales realizadas durante el sexenio de López Obrador.
El decreto cuestionado fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de diciembre de 2020, bajo la administración del entonces presidente Andrés Manuel López Obrador. Los legisladores argumentaron que dicha reforma violenta principios constitucionales al transferir facultades civiles a una dependencia castrense, lo que podría representar un riesgo para el orden democrático.
Entre las leyes modificadas se encuentran la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Navegación y Comercio Marítimo y la Ley de Puertos. El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, ponente del caso, explicó que el objetivo de la reforma fue reorganizar funciones administrativas sin tocar temas de seguridad nacional.
“El procedimiento legislativo del decreto permite dilucidar que no se pretendió regular las materias de seguridad pública o seguridad nacional, sino reorganizar, de manera administrativa en materia marítima”, afirmó.
Conoce lo que resolvió hoy el Pleno de #LaCorte ⚖️👇 pic.twitter.com/En78khrh84
— Suprema Corte (@SCJN) May 26, 2025
Agregó que la Secretaría de Marina fue designada como autoridad principal en vías de comunicación acuáticas por razones meramente administrativas y de coordinación institucional. Según la Corte, no se dispuso de elementos armados para las nuevas funciones, por lo que no se vulneró la competencia exclusiva del Ejecutivo Federal.
Los ministros coincidieron en que la reforma no implica que la Armada de México asuma funciones de seguridad pública, ya que se trata de una reestructuración administrativa. La resolución también destaca que el artículo 129 constitucional ha evolucionado, permitiendo que la Marina participe en actividades no exclusivamente castrenses cuando no se vulneren derechos.
Finalmente, la SCJN determinó que el Congreso actuó dentro de sus competencias y que el decreto no autoriza la intervención militar en tiempos de paz. Con esta decisión, la Corte cierra el debate legal y valida que el control portuario permanezca bajo administración naval, en una resolución que sienta precedente institucional.




