TEPJF batea queja por uso de acordeones en elección judicial
09/07/2025 - Hace 11 meses en MéxicoTEPJF batea queja por uso de acordeones en elección judicial
En una sesión celebrada este miércoles, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió desechar una denuncia sobre inducción al voto. Con cuatro votos a favor y uno en contra, los magistrados respaldaron el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) de no investigar el supuesto uso de acordeones.
La queja, presentada por la asociación Proyecto Justicia, acusaba que funcionarios y simpatizantes de Morena distribuyeron propaganda con guías de voto durante la elección judicial. El argumento fue que dicha propaganda podría constituir coacción del sufragio, lo cual representa una falta grave en un proceso electoral democrático y transparente.
Sin embargo, el magistrado Felipe Fuentes afirmó que las autoridades no pueden actuar por rumores, conjeturas o por lo que se dice en redes sociales. Señaló que para iniciar una investigación formal, debe existir una base probatoria sólida y no solamente supuestos derivados de publicaciones informativas.
Publicaciones no son suficientes sin pruebas
Fuentes explicó que la denuncia se sustentó únicamente en capturas de pantalla, enlaces electrónicos y un fragmento de video difundido por medios digitales. Subrayó que estos elementos “no permiten suponer que se hizo la comisión de una falta electoral”, al carecer de fechas o contexto verificable.
Aclaró que los indicios presentados no acreditan una distribución masiva de acordeones que pudiera haber influido directamente en los resultados de la elección. Además, insistió en que si existen otras denuncias con mayores elementos probatorios, sí podrían ser materia de investigación electoral futura.
Reiteró que no se cierra la puerta a futuras acciones, pero enfatizó que esta queja en particular no cumple los requisitos mínimos. El único voto en contra fue del magistrado Reyes Rodríguez, quien sostuvo que el INE omitió ejercer sus facultades para investigar adecuadamente el caso.
Sesión Pública – Miércoles 09 Julio 2025 – TEPJF https://t.co/zh0abDuEAO
— TEPJF (@TEPJF_informa) July 9, 2025
Afirmó que la autoridad electoral impuso barreras desproporcionadas para actuar ante hechos notorios, como el uso de guías de voto con nombres específicos. Rodríguez argumentó que una investigación periodística no puede calificarse como rumor, ya que constituye un indicio legítimo para activar una indagatoria preliminar.
Indicó que los elementos presentados “no son meros rumores” y debieron motivar una revisión más profunda por parte del INE y el TEPJF. El caso cierra sin consecuencias legales, pero deja un precedente sobre la necesidad de pruebas sólidas para activar mecanismos institucionales en materia electoral.




