¿Cómo calcular mis utilidades?
Este año el pago de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) debe llevarse a cabo a más tardar el 30 de mayo.
En el caso de quienes laboraron para una persona moral, es decir, una empresa o corporativo.
Mientras que las personas que trabajaron para una persona física (patrón), deberán recibir el pago a más tardar el 29 de junio de 2021.
¿Cómo calcular mis utilidades?
El 10% de utilidades totales de la empresa se dividirá en 2 pagos:
- La mitad del 10% se deberá repartir entre todos los trabajadores, de acuerdo a los días devengados en el año.
- La mitad restante de ese 10% será distribuida proporcionalmente a los sueldos anuales de cada trabajador.
A las utilidades del ejercicio anterior no reclamadas en el año que sean exigibles, se les agregará la utilidad repartible del siguiente año.
El plazo para el cobro de utilidades es de un año a partir del día siguiente en que se genere la obligación.
Hasta el año pasado, el monto de las utilidades a repartir y que se harán efectivas este año todavía será el 10% de la utilidad fiscal obtenida por la empresa.
Es decir, una vez descontadas las deducciones autorizadas por la Ley del ISR.
Una vez que se haya calculado el monto de la utilidad repartible, esta se dividirá en dos partes iguales. L
a primera se distribuirá entre todos los trabajadores que tienen derecho al reparto de utilidades, considerando el número de días trabajados en el año, por cada uno.
La segunda parte se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados durante el año. Es necesario calcular la suma de los sueldos anuales por cada uno.
La participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa estará exenta de impuestos hasta por 15 días de salario mínimo general, de acuerdo con la Ley del Impuestos sobre la Renta.
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