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¿Este año habrá pago de utilidades?

06/04/2021 - Hace 3 años en México

¿Este año habrá pago de utilidades?

Negocios y finanzas | 06/04/2021 - Hace 3 años
¿Este año habrá pago de utilidades?

Ante la baja economía en muchas empresas, por la pandemia, los trabajadores se han preguntado si este año habrá pago de utilidades.

Antes que nada debes de saber que el pago de estas utilidades es una obligación constitucional.

La cual tiene como nombre Participación de los Trabajadores en las Unidades de las Empresas (PTU).

Según la Ley Federal de Trabajo (LFT), en su artículo 120, establece lo siguiente:

El reparto de utilidades debe darse a aquellos empleados que presten un trabajo subordinado para un patrón o empresa.

Así que el monto que recibirán, se calcula con el número de días trabajados en un año y por el monto de salarios devengados.

Esto es de acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria.

Por lo cual este reparto de utilidades se tiene que realizar 60 días después de la presentación de la declaración anual.

Este año para personas morales tiene como límite el 31 de marzo, y el 30 de abril para personas físicas.

De esta manera, las utilidades se pagarán del 1 de abril al 30 de mayo, para personas morales; y del 1 de mayo al 29 de junio para personas físicas.

Las personas a quien se les debe de entregar las utilidades deben de ser:

  • Trabajadores de planta.
  • Trabajadores eventuales (que hayan laborado al menos 60 días).
  • Exempleados que hayan sido despedidos o que hayan renunciado voluntariamente en el último año.
  • Trabajadores de confianza.
  • Empleados subcontratados.

Pero si bien la entrega de las utilidades se tiene que realizar por ley a los trabajadores, algunas personas están excluidas de estas, las cuales son:

  • Directores, administradores y gerentes generales.
  • Empleados eventuales que hayan trabajado menos de 60 días en el año.
  • Empleados contratados por honorarios que no tienen relación formal de trabajo.

Se debe de conocer que por el tema de la pandemia, realmente la cantidad que se te entregue sí se puede ver afectada.

Sin embargo no pueden negarse a entregarlas, al menos que el ingreso declarado por la empresa del Impuesto Sobre la Renta no haya superado los 300 mil pesos.

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