IMSS explica el procedimiento para que familiares cobren pensión de trabajadores fallecidos
28/10/2025 - Hace 7 meses en MéxicoIMSS explica el procedimiento para que familiares cobren pensión de trabajadores fallecidos
Cuando un trabajador o pensionado afiliado al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) fallece, la ley reconoce el derecho de sus familiares a recibir una pensión o reclamar los recursos acumulados, ya sea a través del propio instituto o de la Afore en la que cotizaba.
De acuerdo con los artículos 127 y 128 de la Ley del Seguro Social, el IMSS puede otorgar distintos tipos de pensión a los familiares del fallecido, dependiendo del parentesco y las semanas cotizadas. Entre ellas se encuentran las pensiones por viudez, orfandad o ascendientes.
La pensión por viudez corresponde al cónyuge o pareja concubinaria que haya convivido con el asegurado al menos durante cinco años antes del fallecimiento. Si no existen estos beneficiarios, el derecho pasa a los hijos menores de 16 años, o hasta los 25 años si cursan estudios. En ausencia de descendientes, el apoyo puede ser otorgado a los padres, siempre que dependieran económicamente del trabajador fallecido.
El IMSS aclara que para acceder a estas pensiones, el asegurado debía haber cotizado un mínimo de 150 semanas, salvo cuando la muerte ocurrió por riesgo de trabajo, en cuyo caso no se requiere antigüedad mínima.
Recuperación de fondos en la Afore
En los casos en que el trabajador cotizó bajo el régimen de la Ley del Seguro Social de 1997, las aportaciones se registran en una cuenta individual administrada por una Afore.
Los familiares o beneficiarios pueden solicitar la “Devolución de recursos por fallecimiento”, trámite que permite recuperar los ahorros acumulados.
Según la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR), el proceso debe realizarse directamente ante la Afore correspondiente, presentando documentos como el acta de defunción, CURP, identificación oficial y comprobante de parentesco.
Si no hay beneficiarios registrados, la ley establece que los herederos legales pueden reclamar los fondos mediante una resolución judicial o notarial que acredite la sucesión, conforme a los artículos 135 y 136 de la Ley del Seguro Social.
El IMSS recomienda a los familiares verificar primero en una delegación de Prestaciones Económicas si existen beneficiarios designados, antes de iniciar un juicio sucesorio.
Apoyo para gastos funerarios
Además de las pensiones o devoluciones, el IMSS ofrece una ayuda económica para gastos funerarios.
Este beneficio se entrega a la persona que haya cubierto los costos del sepelio y equivale a dos meses del salario mínimo vigente, previa presentación de la factura o comprobante de pago.
El trámite, identificado como IMSS-01-010, puede realizarse en ventanillas de Prestaciones Económicas o en línea a través del portal IMSS Digital (imss.gob.mx).
Con estas medidas, el instituto busca garantizar apoyo económico inmediato a las familias tras la pérdida de un asegurado y facilitar la recuperación de los recursos acumulados en vida.
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