Desalojo por no pagar renta, solo previo juicio y sentencia
29/01/2021 - Hace 5 años en DurangoDesalojo por no pagar renta, solo previo juicio y sentencia
Desalojo por no pagar renta, solo previo juicio y sentencia Por: Brenda Maurer
Omitir el pago de renta de una casa, departamento o local comercial, puede dar paso a un desalojo.
María Elena Ruiz Martínez, titular del Juzgado Segundo Civil del Primer Distrito Judicial, explicó que incumplir con el pago de la renta correspondiente a dos o más mensualidades, puede traer como consecuencia el inicio de un juicio de desalojo.
En el incumplimiento del pago por la renta, el arrendatario puede iniciar un juicio de desalojo.
Los implicados en el juicio deberán contar con la representación de un profesional del derecho.
Durante el juicio, en las audiencias que se señalen, las partes podrán acopiar las pruebas donde se indique por un lado la falta de pago y en el caso del demandado, si existieran, las pruebas que sí realizó el pago de manera total o bien que entregó una parcialidad y tiene la disposición de realizar la liquidación correspondiente a los meses reclamados.
Si el inquilino paga el monto reclamado entonces el juicio termina.
Al dictarse el auto de inicio del juicio de desalojo (desahucio), el inquilino contará con un plazo de 30 días para dejar la casa habitación.
Si se trata de un un local comercial son 40 días y 90 en arrendamientos de fincas urbanas.
De esta forma se les avisa que existe ya la posibilidad que sean desalojados del inmueble, ante el incumplimiento del pago acordado.
La juez explicó que toda vez que se emite una sentencia y esta es desfavorable para el inquilino, contará con cinco días hábiles para dejar el inmueble de manera voluntaria.
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