Asamblea Nacional de Nicaragua aprueba nueva Ley Electoral
06/03/2025 - Hace 2 días en InternacionalAsamblea Nacional de Nicaragua aprueba nueva Ley Electoral

La Asamblea Nacional de Nicaragua aprobó una nueva Ley Electoral que introduce cambios significativos en el proceso electoral del país. Entre las modificaciones más destacadas se encuentra la promoción de la equidad de género, la cual ahora es un requisito en la conformación de órganos electorales y en las candidaturas presidenciales.
Los partidos políticos deberán presentar un candidato a copresidente y una candidata a copresidenta, asegurando así la participación equitativa de ambos géneros.
Nueva estructura electoral
El presidente del ente legislativo, Gustavo Porras, subrayó que la equidad de género se aplicará desde el Consejo Supremo Electoral (CSE) hasta las juntas directivas de los partidos políticos. Además, se establece que aquellos que hayan violado la Constitución o sean considerados traidores a la patria no podrán ser magistrados.
Asamblea Nacional aprueba la Nueva Ley Electoral
Esta Ley garantiza el derecho soberano del pueblo de ejercer la democracia directa a través del sufragio universal secreto y transparente. pic.twitter.com/qn5BjXdfun
— Asamblea Nacional Nicaragua (@AsambleaNi) March 6, 2025
Otra de las medidas clave es la prohibición de recibir fondos electorales del extranjero. En cambio, el financiamiento deberá provenir del Presupuesto General de la República y de donaciones de ciudadanos nicaragüenses residentes en el país. Esto busca eliminar cualquier influencia externa y asegurar la estabilidad del proceso electoral.
Regulaciones adicionales
La nueva ley también estipula que el período en los cargos electos se limitará a seis años, ajustando toda la normativa a este marco temporal. Asimismo, se incorporan los Centros de Votación y las Juntas Receptoras de Votos como órganos electorales, estableciendo un máximo de 600 electores por junta.
Adicionalmente, para garantizar la transparencia del proceso, se eliminarán los documentos supletorios, utilizando únicamente la cédula de identificación ciudadana para la votación.
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