Este jueves Alejandro Murat, gobernador del estado de Oaxaca hizo públicos los cambios en el Código Penal de la entidad, respecto a la despenalización del aborto, esto en el Diario Oficial del estado, cabe señalar que los protocolos para practicar un aborto no se pueden realizar en la entidad.
Dicho decreto con el que se cambiaron los artículos 321, 313, 315 y 316 del Código Penal de la entidad fue publicada el jueves y que entró en vigor el viernes. Estas modificaciones establecen que el delito de aborto sólo se configurará cuando se practique después de las 12 semanas de gestación, pero se excluirá cuando el embarazo sea producto de una violación, de u una inseminación no consentida o se ponga en riesgo la salud de la madre o el producto
A pesar de ello estas “acciones” no se pueden llevar a cabo de forma legal en el estado, esto debido a que a que hay un recurso de inconstitucionalidad contra la reforma, subrayó el mandatario.
«En el tema del aborto se publicó el decreto en las adecuaciones que hizo la Legislatura local en las reformas al Código Penal para despenalizarlo, pero no puede haber aún protocolo de actuación médica por que la reforma está a medias, hay un recurso de inconstitucionalidad ,hasta que se desahogue en la Suprema Corte de Justicia de la Nación y sepamos cómo queda entonces tomaremos las medias que sean necesarias»,
Estos cambios en la Constitución de Oaxaca no han sido aprobados y aún no hay fecha para su nueva discusión