Ciudad de México.- Todos los trabajadores que prestaron sus servicios el pasado 25 de diciembre deberán recibir un sueldo mayor, debido a que es un día inhábil obligatorio.
La Ley del Trabajo es muy clara al respecto, por eso no debes dejarte engañar por tu patrón, exige el pago justo por tu trabajo durante los días feriados.
Te puede interesar: Critican a Soul por no mencionar la existencia de Dios
EL pasado viernes se festejó la Navidad y fue un día inhábil para los trabajadores, pero si por la naturaleza de tus labores debiste trabajar, recuerda que te lo deben pagar triple.
El artículo 75 de la Ley Federal de Trabajo señala que si trabajas en día festivo, independientemente del salario que te corresponde por el día de descanso, la empresa debe pagarte un salario doble por el servicio prestado, es decir, el salario diario normal, más el doble.
Cabe señalar, que esto no aplica para quien trabaja por honorarios, es decir, las personas físicas que obtengan ingresos por prestar servicios profesionales de manera independiente.
Los días festivos considerados en la Ley Federal del Trabajo son:
• El 1o. de enero.
• El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero.
• El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo.
• El 1o. de mayo. El 16 de septiembre.
• El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre.
• El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal.
• El 25 de diciembre.
• El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.
Conoce más detalles sobre la Ley Federal del Trabajo AQUÍ