Fija Gobierno de Jalisco postura frente a solicitud de referéndum sobre la tarifa del transporte público: Improcedente
15/01/2026 - Hace 5 meses en Jalisco EstadoFija Gobierno de Jalisco postura frente a solicitud de referéndum sobre la tarifa del transporte público: Improcedente
El Gobierno de Jalisco manifestó su postura con el acuerdo aprobado por el Congreso del Estado para solicitar un referéndum sobre el ajuste a la tarifa del transporte público, al considerar que dicho mecanismo es jurídicamente improcedente y fue tramitado por un canal institucional incorrecto. A través de un comunicado, la administración estatal subrayó que la legislación vigente excluye de manera expresa las disposiciones de carácter contributivo de los ejercicios de participación ciudadana como el referéndum.
De acuerdo con la postura oficial, el artículo 42 de la Ley del Sistema de Participación Ciudadana y Popular para la Gobernanza del Estado de Jalisco establece que el referéndum solo puede aplicarse a la abrogación de disposiciones legales de carácter general, con excepción de aquellas que impliquen contribuciones, así como de las leyes orgánicas de los poderes. En este sentido, el gobierno estatal señaló que las tarifas del transporte público tienen naturaleza contributiva, al constituir una contraprestación por un servicio regulado por el Estado, por lo que quedan fuera de la materia susceptible de este mecanismo.
El documento también señala que el ajuste tarifario no deriva de un decreto o reglamento, sino de un acuerdo administrativo emitido por el titular del Poder Ejecutivo y publicado en el Periódico Oficial del Estado el pasado 27 de diciembre de 2025. Conforme a la propia legislación emitida por el Congreso, este tipo de acuerdos no pueden someterse a referéndum a solicitud del Poder Legislativo.
Asimismo, el Gobierno de Jalisco sostuvo que la solicitud aprobada por el Congreso fue dirigida a una instancia que no es la competente, ya que la ley establece que cualquier petición de referéndum debe presentarse ante el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Jalisco (IEPC), y no directamente al Ejecutivo estatal. Incluso, recordó que la fracción II del artículo 43 limita la facultad del Congreso para promover este mecanismo únicamente respecto de reglamentos y decretos.
Finalmente, la administración estatal reiteró su compromiso con la legalidad, la participación ciudadana y el respeto al Estado de Derecho, y aseguró que se mantendrá abierta al diálogo institucional, siempre dentro del marco jurídico que rige la vida pública en Jalisco.






