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Cofepris acatará fallo de la SCJN sobre autorización para cannabis

07/07/2026 - Hace 1 hora en México

Cofepris acatará fallo de la SCJN sobre autorización para cannabis

Nacional | 07/07/2026 - Hace 1 hora
Cofepris acatará fallo de la SCJN sobre autorización para cannabis

La Cofepris informó que acatará la resolución de la SCJN relacionada con la emisión de una autorización conjunta para el autoconsumo de cannabis y tetrahidrocannabinol (THC). La decisión establece que un mismo permiso puede incluir a varias personas, siempre que todas sean reconocidas expresamente como titulares.

La autoridad sanitaria aclaró que la resolución protege actividades vinculadas con el autoconsumo, pero no modifica el marco legal vigente respecto a la comercialización o distribución de la sustancia.

¿Qué permite la autorización conjunta?

De acuerdo con Cofepris, una autorización conjunta salvaguarda las actividades de siembra, cultivo, cosecha, preparación, posesión y transporte de cannabis destinadas al autoconsumo lúdico.

El organismo explicó que este criterio deriva de la resolución emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y será aplicado conforme a lo establecido por el máximo tribunal.

¿Qué actividades siguen prohibidas?

La dependencia precisó que la resolución no reconoce un derecho para comercializar, suministrar, enajenar o distribuir cannabis.

Asimismo, indicó que el fallo tampoco autoriza el consumo de otros estupefacientes o sustancias psicotrópicas distintas a las contempladas en la resolución judicial.

Cofepris aclara el alcance del fallo

La autoridad sanitaria enfatizó que la SCJN no se pronunció sobre la despenalización de la marihuana, por lo que las conductas relacionadas con esa materia continúan sujetas a la legislación vigente.

Con ello, Cofepris reiteró que aplicará el criterio establecido por la Corte dentro del marco legal actual y recordó que cualquier autorización deberá ajustarse a las condiciones previstas en la resolución.

La resolución representa un criterio sobre las autorizaciones sanitarias para el autoconsumo, sin modificar las disposiciones legales que regulan la comercialización o despenalización del cannabis en México.

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