Delitos sexuales a menores: México reforma el Código Penal y los hace imprescriptibles
18/10/2023 - Hace 1 año en MéxicoDelitos sexuales a menores: México reforma el Código Penal y los hace imprescriptibles
Los delitos sexuales cometidos contra personas menores de 18 años de edad ya no podrán prescribir en México, según el decreto que se publicó este miércoles en el Diario Oficial de la Federación (DOF). El objetivo es erradicar la impunidad de estas conductas que atentan grave e irreparablemente contra la integridad de las víctimas.
El decreto reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, estableciendo que la prescripción de un delito cometido en contra de una víctima menor de edad comienza a correr a partir de que ésta cumpla la mayoría de edad, con excepción de los delitos previstos en los artículos 200, 201, 202, 203, 203 Bis, 204 y 209 Bis, relacionados a los delitos de pornografía, corrupción de menores, turismo sexual, lenocinio y pederastia que serán imprescriptibles.
Esto significa que las autoridades podrán perseguir y sancionar estos delitos en cualquier momento, sin importar cuánto tiempo haya pasado desde que se cometieron. La pena para el delito de abuso sexual en una persona menor de 18 años o en persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho será de seis a trece años de prisión y hasta quinientos días multa.
¿Qué otras sanciones se aplican?
Además, si la persona responsable del delito es servidora o servidor público, ministra o ministro de culto religioso, se le castigará con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo o comisión o cualquiera otro de carácter público o similar, hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.
El decreto también cambia la referencia de la Ley para prevenir y sancionar la Trata de Personas por “Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos”.
¿Por qué es importante esta medida a los Delitos sexuales?
El documento destaca la procedencia de las reformas con el fin de proteger los derechos humanos de las personas menores de edad, quienes son especialmente vulnerables ante los delitos sexuales. Se trata de conductas cuyas consecuencias son tan complejas que impiden por sí mismas el conocimiento de estadísticas fehacientes de su incidencia.
Con esta medida, México se suma a otros países que han establecido la imprescriptibilidad de los delitos sexuales contra menores, como Argentina, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú y Uruguay.
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