La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), dio a conocer que es inconstitucional prohibir la distribución, importación y comercialización de vapeadores.
Con ello la Suprema Corte, definió su criterio respecto a la prohibición de la venta de vapeadores. Lo anterior debido a que entre la Primera y Segunda Salas había resoluciones diferentes, una en contra y otra a favor.
«Esta jurisprudencia se vuelve obligatoria para todos los jueces federales. Ahora, a cualquier persona que presente un amparo, alegando cualquier acto de autoridad que le prohíbe comercializar estos dispositivos, le van a conceder el amparo», explicó Juan José Cirión, presidente de México y el Mundo Vapeando.
Por otro lado, se informó que lo anterior no significa que cualquier persona pueda vender estos productos en el país. Pero es considerada una decisión importante porque unificó el criterio ante los amparos.
La Suprema Corte, aseguró que se revisarán las tesis, debido a que algunos de los votos a favor se dieron bajo argumentos distintos a lo que se dicta en la sentencia.
Las organizaciones a favor de los vapeadores consideran que al prohibir la importación y comercializacón de los dispositivos, se les obstruye el derecho a acceder a los productos.
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Foto: Alto Nivel / Noticias en la Mira