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Estado civil dejará de aparecer en actas de nacimiento

12/05/2026 - Hace 1 mes en México

Estado civil dejará de aparecer en actas de nacimiento

Nacional | 12/05/2026 - Hace 1 mes
Estado civil dejará de aparecer en actas de nacimiento

La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que las copias certificadas del acta de nacimiento ya no deberán incluir anotaciones sobre matrimonio o divorcio, al considerar que esta información puede vulnerar el derecho a la privacidad y facilitar actos de discriminación.

La decisión fue tomada por la Primera Sala al resolver el Amparo en Revisión 468/2024, promovido por un ciudadano en Jalisco que solicitó una copia de su acta sin referencias a su historial matrimonial. El Registro Civil se negó inicialmente a expedir el documento en esos términos.

Los ministros concluyeron que el estado civil no es un dato indispensable para acreditar la identidad de una persona, ya que el acta de nacimiento tiene como propósito principal certificar nombre, nacionalidad y filiación.

La Corte advirtió que revelar esta información de manera obligatoria podría afectar los derechos a la protección de datos personales, igualdad y no discriminación, especialmente en trámites laborales, administrativos o financieros.

Como parte del fallo, se declararon inconstitucionales disposiciones de la Ley del Registro Civil de Jalisco que obligaban a incluir notas marginales relacionadas con matrimonios y divorcios.

La resolución establece un criterio que deberá ser adoptado por las autoridades del Registro Civil en todo el país, con el fin de que las futuras copias certificadas del acta de nacimiento omitan esos datos y garanticen mayor protección a la vida privada de los ciudadanos.

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