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La SCJN declara inconstitucional la reforma eléctrica que daba ventajas a la CFE

31/01/2024 - Hace 3 meses en México

La SCJN declara inconstitucional la reforma eléctrica que daba ventajas a la CFE

Nacional | 31/01/2024 - Hace 3 meses
La SCJN declara inconstitucional la reforma eléctrica que daba ventajas a la CFEFoto: TV Azteca

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la reforma de marzo de 2021 a la Ley de la Industria Eléctrica, la cual favorecía principalmente a la Comisión Federal de Electricidad (CFE). Esta determinación fue tomada luego de que seis empresas amparadas argumentaron que se violaron reglas sobre generación y mercado eléctrico mayorista.

La reforma eléctrica y sus implicaciones

La reforma eléctrica impulsada por el gobierno federal buscaba modificar el orden de despacho de la energía eléctrica, dando prioridad a la producción de la CFE sobre las fuentes renovables de las empresas privadas. Además, establecía nuevos esquemas de contratación de cobertura eléctrica y criterios para el otorgamiento de certificados de energías limpias.

Estas medidas fueron criticadas por diversos sectores, que las consideraron contrarias a la libre competencia, al medio ambiente y a los compromisos internacionales de México en materia de cambio climático.

La resolución de la SCJN y sus efectos

La segunda sala de la SCJN resolvió que esta reforma daba un trato desigual en el mercado eléctrico, favoreciendo a la CFE por encima de las empresas privadas. Al dictarse la sentencia de amparo, la sala afirmó que “no se puede concebir el funcionamiento de esa industria de manera dispar”. En otras palabras, no puede existir un trato privilegiado para ciertos particulares y un trato distinto para otros.

Por lo mismo, el amparo otorgado a las empresas La Bufa Wind, Compañía de Energía Mexicana, Eléctrica Del Valle de México, Fuerza Eólica del Istmo, Eólica de Coahuila y Eoliatec del Istmo implica que no se aplicarán los nuevos criterios mencionados en la reforma de marzo de 2021. En su lugar, deberán regirse por las disposiciones vigentes anteriores a esta reforma.

Esta decisión de la SCJN crea un precedente para futuros casos similares. A pesar de que no se emitió la jurisprudencia para que la resolución sea obligatoria en casos similares, esta decisión sienta un precedente para más de un centenar de empresas que también tienen amparos en juzgados y tribunales.

La postura de los ministros y el contexto político

Durante la sesión en la SCJN, hubo un empate en la votación, con dos votos a favor y dos en contra de las reformas a la Ley de la Industria Eléctrica. Como resultado, el ministro Alberto Pérez Dayán, en calidad de presidente de la sala, emitió su voto de calidad a favor de las empresas que interpusieron el amparo.

Los ministros Alberto Pérez Dayán y Luis María Aguilar se mostraron en contra de la reforma, mientras que Yasmín Esquivel y Lenia Batres brindaron su apoyo a las modificaciones a la ley. El ministro Javier Laynez no participó en la discusión debido a que tuvo un interés directo en este asunto durante su cargo como Procurador Fiscal de la Federación en el sexenio pasado.

Con esta resolución, la SCJN busca evitar un vacío normativo y asegurar que las disposiciones vigentes previas a la reforma de marzo de 2021 rijan a las empresas amparadas. La determinación de la SCJN marca un hito en el sector eléctrico y establece una pauta para futuras discusiones sobre la regulación de la industria eléctrica en México.

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