Corte rechaza proyecto de ministra Batres que proponía revocar suspensión contra extinción de fideicomisos
15/05/2024 - Hace 2 años en MéxicoCorte rechaza proyecto de ministra Batres que proponía revocar suspensión contra extinción de fideicomisos
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó el proyecto presentado por la ministra Lenia Batres Guadarrama, que proponía revocar una suspensión definitiva que frenaba la desaparición de 13 fideicomisos pertenecientes al Poder Judicial de la Federación (PJF) y la transferencia de más de 15 mil millones de pesos a la Tesorería de la Federación y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
Por unanimidad, los ministros de la Segunda Sala de la SCJN, Yasmín Esquivel Mossa, Javier Laynez Potisek, Alberto Pérez Dayán y Luis María Aguilar Morales, no respaldaron la propuesta de la ministra Batres.
En consecuencia, el asunto fue devuelto al ministro Aguilar, quien deberá presentar un nuevo proyecto en línea con el criterio de la mayoría, manteniendo así la medida cautelar vigente.
Durante la sesión, Batres argumentó que la suspensión no debería haber sido concedida al magistrado jubilado, Filiberto Javier Mijangos Navarro, ya que no demostró tener un interés legítimo en el asunto.
“Y más aún, en esta suspensión otorgada de manera excesiva, considero que se hizo en perjuicio del interés social y contraviniendo el orden público, dado que la jueza priorizó intereses propios que los de la población, al impedir que los recursos de los 13 fideicomisos se destinarán a atender los daños y desastres ocasionados por el huracán categoría 5 ‘Otis’ en el estado de Guerrero, como dispuso el Congreso de la Unión mediante decreto de 25 de noviembre de 2023 y porque se han dejado de disponer los recursos restantes de acuerdo con el tercero transitorio de ese decreto, para el cumplimiento de programas dirigidos al bienestar de la población”, expresó.
Asimismo, señaló que la jueza se extralimitó en sus atribuciones al otorgar la suspensión con efectos generales, priorizando sus propios intereses por encima de los de la población. Esto, en su opinión, fue en detrimento del interés social y en contra del orden público.
El ministro Aguilar, por su parte, argumentó que la suspensión debería concederse siempre y cuando no afecte el interés social y no contravenga disposiciones de orden público. Destacó que los fondos de los fideicomisos en cuestión podrían obtenerse de las partidas presupuestales a disposición del Poder Ejecutivo Federal.
El recurso de revisión fue promovido por la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal y la Cámara de Diputados, quienes impugnaron la resolución emitida por el juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Morelos. La suspensión definitiva otorgada al demandante protegía a todos aquellos potencialmente afectados por la desaparición de los fideicomisos.
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