El Congreso de la Ciudad de México aprobó el pasado 14 de febrero una propuesta de iniciativa de reforma en materia laboral, con la cual se otorgaría la “licencia menstrual” para las mujeres trabajadoras y personas menstruantes.
La iniciativa surgió a partir del argumento de que los cólicos o dolores menstruales le impiden a algunas mujeres realizar sus actividades diarias; especialmente cuando se presentan cuadros de dismenorrea primaria y secundaria.
¿Qué es la dismenorrea?
Es la afección menstrual que se caracteriza por calambres menstruales severos y frecuentes; así como dolor relacionado con la menstruación. La dismenorrea se puede clasificar como primaria o secundaria. Estos dolores suelen presentarse por tres días.
Con esta iniciativa los patrones y centros laborales tendrán que emitir un permiso con goce de sueldo que podrá ser hasta de 3 días para quienes tengan algún malestar incapacitante durante su periodo.
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¿Cuándo entra en vigor?
La licencia menstrual fue aprobada en el Congreso local de Ciudad de México, sin embargo, aún falta que se apruebe en el Congreso de la Unión.
Tras ello, se debe discutir en el pleno y luego de aprobarse será publicada en el Diario Oficial de la Federación; será en ese momento que entre en vigor.
¿Cómo se podrá solicitar la licencia menstrual?
Esta iniciativa se va a aplicar para mujeres que viven este ciclo, así como para personas cisgénero, hombres trans y a personas de género no binario e intersexuales.
Las mujeres y personas menstruantes deberán comprobar con un certificado elaborado por un especialista en ginecología padecimientos de dismenorrea o dolores incapacitantes.
Tras ello, deberán solicitar la licencia menstrual ante el Instituto Mexicano del Seguro Social o el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.