SCJN avala acceso al agua potable en asentamientos irregulares
12/03/2026 - Hace 3 meses en MéxicoSCJN avala acceso al agua potable en asentamientos irregulares
En una decisión unánime que marca un antes y un después en la jurisprudencia mexicana, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la irregularidad en la tenencia de la tierra no es impedimento para gozar del derecho humano al agua. El Pleno resolvió que las autoridades están obligadas a garantizar un suministro mínimo vital de 50 litros diarios por persona, incluso en comunidades que no cuentan con títulos de propiedad o comprobantes de domicilio oficiales.
El fallo se originó a partir del amparo concedido a los habitantes de «Los Kilómetros», en Ciudad Juárez, un asentamiento que alberga a más de 300 mil personas y que, desde hace tres décadas, depende del suministro intermitente de pipas. El ministro ponente, Arístides Guerrero García, fue enfático al señalar que el Poder Judicial no puede «escatimar» en el reconocimiento de este derecho mediante criterios burocráticos, revirtiendo la visión de que la falta de documentación invalida el interés legítimo de los ciudadanos para exigir servicios básicos.
Debate en el Pleno: Entre la Técnica y el Derecho
A pesar de la unanimidad, la discusión evidenció tensiones internas. Mientras las ministras Lenia Batres y María Estela Ríos llamaron a la cautela ante la escasez nacional y el respeto a la planeación técnica, la ministra Yasmín Esquivel recordó que el agua es una «precondición necesaria» para el ejercicio de otros derechos fundamentales como la salud y la alimentación. Al final, la Corte ordenó la entrega inmediata del líquido y mandató a la Secretaría de Hacienda de Chihuahua asegurar recursos prioritarios para infraestructura intermedia en zonas de atención prioritaria.
Efectos Inmediatos del Fallo
Suministro Mínimo Vital: Garantía de al menos 50 litros diarios por habitante.
Acreditación de Residencia: Basta la manifestación «bajo protesta de decir verdad» en asentamientos irregulares.
Infraestructura Intermedia: Obligación de construir depósitos de almacenamiento a mediano plazo.
Presupuesto Prioritario: La Hacienda estatal debe destinar recursos específicos para zonas precarias.







